A partir de hoy, más funcionarios del SAT podrán cancelar sellos digitales
No solo eso: otras Administraciones del SAT también tendrán facultades para impedir que las empresas facturen.
![A partir de hoy, el SAT tiene más facultades para cancelar sellos digitales](https://www.elcontribuyente.mx/wp-content/uploads/2020/04/shutterstock_543880450-1.jpg)
El día de ayer se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo para delegar diversas facultades a los servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Básicamente, significa que más áreas del SAT podrán verificar y fiscalizar a los contribuyentes, y tendrán facultades para cancelar sellos digitales.
Antes de este acuerdo, solamente podían cancelar los sellos las Administraciones Generales de Auditoría Fiscal Federal y de Recaudación. Estas administraciones tenían la tarea de vigilar a los contribuyentes. Si encontraban alguna irregularidad, mandaban resoluciones a la Auditoría Fiscal. Este organismo determinaba si se hacía una auditoría o si se cancelaban los sellos.
Ahora, las siguientes áreas podrán hacerlo:
- Administraciones Generales de Aduanas,
- Auditoría de Comercio Exterior,
- Grandes Contribuyentes,
- Hidrocarburos,
- Servicios al Contribuyente y
- Administración Jurídica.
Por otro lado, todas estas administraciones podrán verificar domicilios fiscales, requerir aclaraciones, información o documentación a los contribuyentes y autoridades federales.
Además, el acuerdo establece otras facultades delegadas. Las más importantes son las siguientes:
- Presunción de carencia de razón de negocios.
- Retener las mercancías de comercio exterior
- Otorgar o cancelar las autorizaciones de agencia aduanal, de agente aduanal incorporado a la agencia aduanal y de mandatario de agencia aduanal.
- Notificar a los contribuyentes la resolución mediante la cual se comunique que no cumplen con los requisitos para ser beneficiarios de los estímulos para la región fronteriza norte.
- Uso de terceros colaboradores fiscales para actualizar la lista del 69-B del CFF.
Todos estos cambios entran en vigor el día de hoy, 30 de abril.
Con información de Reforma.
TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR:
Guía paso a paso para presentar tu declaración anual de personas físicas desde casa
Suscríbete a la Agenda Inteligente (las noticias de negocios más relevantes), El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.
Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.