El Servicio de Administración Tributaria (SAT) respondió a la nota "Gravarían 3% de ventas aunque tengan pérdidas", publicada por el periódico Reforma, y calificó como falso que la medida propuesta busque gravar las ventas de empresas que registren pérdidas fiscales.

Mediante una tarjeta informativa emitida el 10 de septiembre de 2026, la autoridad precisó que el mecanismo de control propuesto aplica únicamente a empresas que determinen utilidad fiscal en el ejercicio.

El SAT añadió que la iniciativa presentada ante el Congreso de la Unión no se centra en las ventas, sino que tiene como objetivo principal combatir esquemas agresivos de planeación fiscal y el uso de facturas falsas para generar supuestas deducciones y pagar menos impuestos.

La autoridad señaló que continúa trabajando en el combate a las factureras y la evasión fiscal.

Qué había señalado la nota original

La publicación de Reforma recogió la opinión de especialistas que interpretaron la propuesta como el establecimiento de un impuesto mínimo.

De acuerdo con una directora financiera consultada por ese medio, que pidió el anonimato, el hecho de que las deducciones no puedan exceder 96.67% de los ingresos implicaría que las empresas deban registrar al menos 3.3% de utilidad sobre sus ventas.

La fuente citada por el diario señaló que una empresa con deducciones equivalentes a 98% de sus ingresos, aun cumpliendo con la legislación, quedaría limitada por ese tope.

También sostuvo que, aunque la tasa de ISR no aumenta de 30%, sí existiría un incremento sustancial en la tasa efectiva de impuestos al disminuir las deducciones aplicables.

Gustavo Leal Cueva, presidente de la consultora Fiscalía, coincidió en esa lectura. Dado que la tasa de ISR aplicable sobre esa proporción de los ingresos es de 30%, consideró que en términos prácticos se estaría estableciendo un impuesto mínimo de 1% sobre los ingresos, aun cuando la empresa tenga pérdidas.

La advertencia sobre la inversión privada

La nota también retomó un análisis de BBVA México, que advirtió que la medida podría afectar de manera desproporcionada a las empresas que hacen un uso legítimo de estas deducciones.

"Los límites a las deducciones del Impuesto sobre la Renta empresarial podrían inhibir aún más la inversión privada en un contexto de debilidad de la demanda interna", señaló el análisis del banco.

El área de Estudios Económicos de la institución consideró contraproducente que se contemple una ampliación efectiva en la base gravable del ISR empresarial en un entorno de debilidad en la inversión y el consumo privados.

Agregó que hubiera sido deseable proponer aumentar la recaudación mediante políticas públicas que reduzcan la informalidad.

Otras medidas incluidas en la iniciativa

Entre las medidas planteadas por el Gobierno federal se limitaría la deducibilidad de grandes empresas y el acreditamiento de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.

También se prevé eliminar el Régimen Opcional para Grupos de Sociedades (ROGS), un esquema creado en 2013 que permite a las empresas diferir el pago del ISR hasta por tres años, lo que optimizaba el flujo de efectivo corporativo.

Dos lecturas sobre el mismo mecanismo

El punto de discrepancia está en el alcance de la medida.

Mientras los especialistas consultados por Reforma interpretan que el tope a las deducciones funcionaría como un piso mínimo de tributación sobre los ingresos, el SAT sostiene que el mecanismo solo alcanza a las empresas que determinan utilidad fiscal en el ejercicio.

Punto Lectura de los especialistas Postura del SAT
Alcance Aplicaría aun con pérdidas Solo a empresas con utilidad fiscal
Base del gravamen Equivale a gravar las ventas La iniciativa no se centra en ventas
Objetivo Ampliar la base gravable del ISR Combatir planeación agresiva y facturas falsas

La iniciativa se encuentra actualmente en el Congreso de la Unión, por lo que su contenido definitivo dependerá del proceso legislativo y de las modificaciones que, en su caso, se aprueben.