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SAT elimina contratos de arrendamiento como comprobantes de domicilio: ¿qué hacer ahora?

La RMF 2025 del SAT elimina los contratos de arrendamiento como comprobantes de domicilio fiscal. Descubre qué opciones quedan y cómo cumplir con los nuevos requisitos



31 enero, 2025

La Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2025, publicada recientemente por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), introduce modificaciones en los requisitos de comprobantes de domicilio para diversos trámites fiscales.

De acuerdo con un texto publicado por Fiscalia, uno de los cambios más relevantes en la versión 2025 es la eliminación de los contratos de arrendamiento o subarrendamiento como comprobantes válidos de domicilio fiscal.

El texto indica que hasta la versión anterior de la RMF, los contribuyentes podían acreditar su domicilio mediante estos contratos, siempre que cumplieran con los siguientes requisitos:

  • Que el arrendador o subarrendador estuviera inscrito y activo en el RFC.
  • Que, en caso de ser persona física, el arrendador estuviera registrado en el régimen fiscal correspondiente a dicha actividad económica.
  • Que el contrato estuviera acompañado de una copia simple de la identificación oficial del arrendador o subarrendador.

Eliminación de contratos de arrendamiento como comprobantes de domicilio

Con la RMF para 2025, esta opción desaparece por completo. Ahora, los contribuyentes que solían presentar contratos de arrendamiento como comprobantes de domicilio tendrán que recurrir a otras opciones válidas establecidas en el Anexo 1-A.

La RMF para 2025 introduce modificaciones que impactan directamente la manera en que los contribuyentes pueden comprobar su domicilio fiscal. Y la eliminación de los contratos de arrendamiento y subarrendamiento obliga a considerar nuevas estrategias para cumplir con los requisitos del SAT.

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