El Contribuyente
Síguenos
empty

¿Cuáles son las fechas límite para cancelar facturas de 2023?

Los comprobantes fiscales pueden cancelarse en fechas específicas según si son para personas morales o físicas



Prodecon explica qué hacer si el SAT cancela el certificado de sello digital
(Imagen: El Contribuyente)
28 marzo, 2024

A partir del 1 de enero de 2022, los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o facturas electrónicas sólo pueden cancelarse en el ejercicio en el que se expiden, y siempre que la persona a favor de quien se expiden acepte su cancelación. Esto se estableció con una reforma al Artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF).

Facilidad para la cancelación de los CFDI

Pero de acuerdo con  Fiscalia, los contribuyentes pueden efectuar la cancelación de los CFDI a más tardar en el mes en el cual se deba presentar la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR), correspondiente al ejercicio fiscal en el cual se expidió el citado comprobante.

Esto se estableció a manera de facilidad en la Regla 2.7.1.47 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF).

El texto indica que para las personas morales, los comprobantes de un ejercicio pueden cancelarse a más tardar en el mes de marzo del ejercicio siguiente a aquel al que se emitieron. Mientras que para el caso de las personas físicas el plazo vence el mes de abril.

Por eso, Fiscalia indicó que el 31 de diciembre de 2023 venció el plazo de Ley para cancelar los CFDI. Pero explicó que mediante una facilidad se prevé que la cancelación puede realizarse a más tardar en las siguientes fechas:

  • 31 de marzo de 2024 para el caso de personas morales
  • 30 de abril de 2024 para el caso de personas físicas.

Lo anterior a reserva de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) expida alguna facilidad en 2024 que amplíe el pazo.

Te puede interesar

IMSS habilita opción de solicitar la opinión de cumplimiento mediante su Buzón

Prepárate para la Declaración Anual: Utiliza el simulador del SAT hasta el 31 de marzo

 

 





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar
Así se calcula el pago en parcialidades del ISR de la declaración anual

¿No presentaste tu declaración anual? Aún puedes, pero tiene costo

El primer acuerdo conclusivo por IVA de servicios digitales deja 183 mdp al SAT

Deducciones personales con IVA: lo que el SAT no acepta pero la ley no prohíbe

Horas extra al triple: la regla que la reforma no dejó clara

El dato del RFC que el patrón no siempre registra por ti