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Atención: Revisa la información precargada del aplicativo del SAT de la declaración anual

Los contribuyentes deben hacer la revisión por adelantado, para que vean si les hace sentido o si tienen alguna discrepancia con los ingresos nominales que tienen en sus declaraciones hasta diciembre en sus papeles de trabajo



Así se calcula el pago en parcialidades del ISR de la declaración anual
(Imagen: El Contribuyente)
28 febrero, 2024

La declaración anual de personas morales es una obligación fiscal de las empresas y entidades jurídicas, que consiste en presentar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) un resumen de sus actividades financieras.

El 1 de abril de 2024 es la fecha límite para que las personas morales presenten su declaración anual del ejercicio fiscal 2023.

¿Cómo se accede al aplicativo para la declaración anual de personas morales?

De acuerdo con Héctor Eduardo Jiménez Rodríguez, integrante de la Comisión Técnica Fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de México, para acceder al aplicativo del SAT para la declaración anual de personas morales, se deben seguir los siguientes pasos:

  • Ingresa al portal del SAT
  • Selecciona el apartado de “Empresas”
  • Selecciona “Declaraciones”, y de la lista que se desprende “Presenta tu declaración anual”
  • Una vez que el sistema te direcciona al aplicativo, te solicita tu RFC y la Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC), que es una contraseña elegida por ti. O puedes ingresar usando tu firma electrónica (e.firma).

En entrevista con El Contribuyente, el especialista recomendó a los contribuyentes que vayan ingresando al aplicativo de la declaración anual lo antes posible, para que vayan viendo la información precargada.

El contador explicó que los contribuyentes deben hacer está revisión por adelantado, para que vean si les hace sentido o si tienen alguna discrepancia con los ingresos nominales que tienen en sus declaraciones a diciembre en sus papeles de trabajo.

El integrante del Colegio de Contadores Públicos de México considera que los contribuyentes deben ir tomando las acciones correctivas con tiempo, para dar tiempo a que las modificaciones se vean reflejadas en el portal del SAT.

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