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Atención: Hoy se acaba el plazo para corregir los CFDI de nómina

Los contribuyentes tienen hasta el 29 de febrero de 2024 para realizar las correcciones correspondientes y emitir los CFDI de nóminas respectivos



Conoce las consecuencias por no expedir el CFDI con complemento carta porte en 2022
(Imagen: El Contribuyente)
29 febrero, 2024

En la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2024, el Servicio de Administración Tributaria ( SAT) otorgó un plazo para que los contribuyentes puedan cancelar o sustituir los CFDI de nómina, cuando tengan errores.

La Regla 2.7.5.6. de la RMF para 2024 establece que los contribuyentes, que durante el ejercicio fiscal 2023 hayan emitido CFDI de nómina que contengan errores u omisiones en su llenado o en su versión, podrán por única ocasión corregirlos.

Pero lo anterior sólo será posible siempre y cuando el nuevo comprobante que se elabore se emita a más tardar el 29 de febrero de 2023 y se cancelen los comprobantes que sustituyen.

De acuerdo con Fiscalia, el CFDI de nómina que se emita en atención a esta facilidad se considerará emitido en el ejercicio fiscal 2023, siempre y cuando refleje como “fecha de pago” el día correspondiente a 2023 en que se realizó el pago asociado al comprobante.

El artículo indica que la aplicación del beneficio contenido en la regla mencionada no libera a los contribuyentes de realizar el pago de la diferencia no cubierta con la actualización y recargos que en su caso procedan.

Los contribuyentes tienen hasta el 29 de febrero de 2024

Por eso, los contribuyentes tienen hasta el 29 de febrero de 2024 para realizar las correcciones correspondientes y emitir los CFDI de nóminas respectivos.

Fiscalia señaló que la declaración anual de personas morales es prellenada con los datos que constan en los CFDI de nómina, por lo que su corrección, en caso necesario, es indispensable.

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