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Anticípate: el 5 de febrero es día inhábil

Aquellos que laboren este día el próximo lunes derecho a un salario doble, según la LFT



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2 febrero, 2024

El 5 de febrero, México conmemora la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, vigente desde el 1° de mayo de 1917. La celebración abarca todo el país, lo que hace esencial revisar si este día se considera inhábil en términos laborales, fiscales, procesales y financieros.

Desde el punto de vista laboral, según el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, el primer lunes de febrero es día de descanso obligatorio en honor al 5 de febrero, considerándose inhábil para el trabajo. Aquellos que laboren este día tienen derecho a un salario doble.

En el ámbito fiscal, el Artículo 12 del Código Fiscal de la Federación establece que el primer lunes de febrero es inhábil para el cómputo de plazos.

Desde la perspectiva procesal, el 5 de febrero es considerado inhábil según el Acuerdo 18/2013 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Además, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA) y la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente también lo consideran día inhábil, según sus respectivos acuerdos.

En el ámbito financiero, las entidades supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores deben cerrar sus puertas y suspender operaciones el primer lunes de febrero, conforme a las disposiciones de carácter general publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

Es recomendable tener en cuenta estas disposiciones para realizar las previsiones necesarias.

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