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¿Cuántas veces puedo pedir incapacidad por COVID-19?

Si un trabajador tramitó previamente un permiso COVID-19 puede volver a hacerlo, aunque los días de incapacidad ahora sólo son cinco



El IMSS presentó la segunda versión de la incapacidad por COVID-19
(Imagen: El Contribuyente)
11 julio, 2022

El 6 de julio, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) activó la herramienta digital Permiso COVID-19, en su versión 4.0.

El IMSS hizo lo anterior para facilitar a los trabajadores afiliados el trámite de su incapacidad por contagio de COVID-19, sin necesidad de ir al médico.

Para tramitar el permiso, los trabajadores necesitan un código QR, que estará disponible en los siguientes lugares:

  • En el portal del IMSS.
  • En la aplicación IMSS Digital para teléfonos inteligentes.
  • En las unidades médicas.

Los trabajadores podrán ingresar sus datos y recibir por correo la confirmación de su permiso, el cual tienen que notificar a su empresa.

El permiso COVID 4.0 es un servicio que pone el IMSS para los trabajadores afiliados, y funciona como cualquier otra incapacidad temporal.

El propósito del permiso, es ayudar a los trabajadores a tramitar rápidamente su incapacidad sin necesidad de ir al médico, sin necesidad de hacerse una prueba, y recibiendo vía electrónica la notificación del subsidio por enfermedad general que les corresponde.

¿Cómo se tramita la incapacidad?

Para poder tramitar la incapacidad, el trabajador deberá capturar el captcha que se muestra en pantalla. Posteriormente ingresará sus datos personales: CURP, Número de Seguridad Social, INE y prueba de COVID positiva, en caso de tenerla. Todo esto en formato PDF o JPG.

Una vez que se ingresa la información, el programa interactúa con la persona trabajadora y le pide datos bancarios. Se ingresa cuenta CLABE y se hace la confirmación de si quiere realizar el permiso COVID.

Si un trabajador ya tuvo un permiso COVID previo, puede volver a tramitar otro permiso, con la variante de que el primero fue por 14 días, después de siete y actualmente se otorga para cinco días de resguardo.

La herramienta para acceder a este trámite está disponible aquí.

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