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El SAT oficializó prórroga del CFDI 4.0, del CRIP 2.0 y sus complementos

El SAT oficializó la prórroga con la publicación de la primera versión anticipada de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022.



La prórroga para el uso obligatorio del CFDI 4.0, generó dudas relacionadas con el uso del complemento carta porte.
(Imagen: El Contribuyente)
10 junio, 2022

El 8 de junio, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una prórroga para el uso obligatorio de la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica.

A través de un comunicado, la autoridad fiscal informó que la fecha para que el uso del CFDI 4.0 sea obligatorio, pasará del 1 de julio de 2022 al 1 de enero de 2023.

El SAT oficializó la prórroga con la publicación de la primera versión anticipada de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022. El documento fue publicado el 9 de junio, en el portal de internet del SAT.

Prórroga para el CFDI 4.0 y CRIP 2.0 (Décimo Séptimo Transitorio)

Por medio de este anteproyecto se “oficializa” la prórroga ampliando el plazo en que puede ser utilizado el CFDI versión 3.3 hasta el 31 de diciembre de 2022, al igual del Complemento de Retenciones e Información de Pagos (CRIP) en su versión 1.0.

Esto implica que el CFDI 4.0 es obligatorio, sin excepciones, a partir del 1 de enero de 2023, al igual que el CRIP versión 2.0.

Misma suerte corren los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones, como lo son:

  • Complemento de Nóminas 1.2 Revisión “C”.
  • Complemento de Comercio Exterior 1.1 Revisión “D”.
  • Complemento para Pagos versión 2.0.

Si bien estas modificaciones entran en vigor hasta el día siguiente a su publicación en el DOF, lo cual a la fecha no ha ocurrido, de conformidad con la regla 1.8 de la RMF para 2022, estas son aplicables desde el 9 de junio, fecha en que se dieron a conocer en el portal de internet del SAT.

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