El Contribuyente
Síguenos
empty

IMCP detecta inconvenientes para migrar empresas al RESICO: IMCP

De los 2 millones 200 mil contribuyentes morales registrados ante el SAT, 100 mil no podrán cambiarse al nuevo régimen, de acuerdo con el Instituto Mexicano de Contadores Públicos.



Conoce qué personas físicas y morales no pueden tributar en el RESICO.
(Imagen: El Contribuyente)
21 enero, 2022

De acuerdo con el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), las personas morales o empresas han tenido inconvenientes para convertirse al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) que entró en vigor este año.

“En los primeros 20 días del año, hemos detectado que la migración de las personas morales al RESICO no se da en su totalidad y esto ha generado incertidumbre para los contribuyentes”, explicó en rueda de prensa, Laura Grajeda Trejo, presidenta del IMCP.

Además, advirtió que de los 2 millones 200 mil contribuyentes morales registrados ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), únicamente 100 mil no podrán cambiarse al nuevo régimen.

Uno de los principales objetivos del RESICO es reunir una base de contribuyentes con mayor amplitud, incentivando que los pequeños contribuyentes y personas dedicadas al comercio informal paguen el correspondiente Impuesto Sobre la Renta (ISR) mediante tasas de 1 a 2.5%.

Laura Grajeda explicó que hay casos donde el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó el cambio de régimen del contribuyente, sin embargo, éste no procedía. Por ello, recomendaron a las personas morales que presenten un aviso ante la dependencia.

Además, dijo que, desde el 6 de enero, un número importante de contribuyentes personas morales fue cambiado por parte del fisco al RESICO al estimar que cumplieron con los requisitos para tributar en el nuevo régimen.

“La migración de personas morales a RESICO no se ha dado en su totalidad y ha generado un estado de incertidumbre para los contribuyentes y existen casos en que el propio SAT realizó el cambio aunque este no procedía”, reveló sin dar más detalles.

Beneficios del nuevo régimen

El nuevo régimen permitirá a los contribuyentes gozar del beneficio por el concepto de reducción, facilitándoles el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y la integración del sector formal.

Otro beneficio es que los contribuyentes dedicados a las actividades del sector primario y cuyos ingresos no excedan los 900 mil pesos, podrán quedar exentos de Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Por su parte, Ramiro Ávalos, vicepresidente del Área Fiscal del Instituto, explicó que al RESICO se pueden incorporar personas morales con ingresos de hasta 35 millones de pesos anuales y personas físicas con ingresos de hasta 3.5 millones de pesos anuales.

Además, dijo que este régimen ofrece una tasa reducida en el pago del ISR y otras facilidades administrativas como no estar obligados a presentar declaración informativa de operaciones con terceros.

Para resolver dudas, el SAT habilitó el micrositio www.sat.gob.mx/RegimenSimplificadodeConfianza en el cual se podrán consultar video tutoriales y especificaciones detalladas sobre el este régimen, para personas físicas y morales que tienen ingresos menores a 35 millones de pesos anuales y cuyos socios son personas físicas.

 


NEWSLETTER

nuestro boletín semanal gratuito

Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar
¿Cómo comprar una casa sin crédito Infonavit o Fovissste

¿Qué se necesita para demandar la ilegalidad del embargo sobre una casa habitación?

El Infonavit modificó las reglas para obtener la Constancia de Situación Fiscal

¿Qué trabajadores están obligados a presentar declaración anual?

¿Qué es el servicio de conciliación de factura del SAT?