El Contribuyente
Síguenos
empty

Con la “carta porte” no se podrá facturar masivamente, por semana o mes

El nuevo complemento “carta porte” hará improcedente emitir una factura global por todos los servicios de transporte al final de la semana o del mes.

 



(Imagen: El Contribuyente)
1 septiembre, 2021

El 1 de mayo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó sobre el nuevo complemento “carta porte”.

Se trata de un complemento que se deberá incorporar al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), a partir del 30 de septiembre, para acreditar la posesión de las mercancías en transporte.

De acuerdo con un artículo publicado por Fiscalia, una práctica común en las empresas de transporte, es que prestan servicios y al final del mes o de cierto período emiten una factura por la totalidad de los traslados realizados.

Con la “carta porte” no se podrá facturar masivamente

Pero el artículo indica que la implementación del nuevo complemento “carta porte” hará improcedente emitir una factura global por todos los servicios al final del mes o del período en cuestión. Esto se debe a que el transportista debe incluir la “carta porte” de cada viaje en la factura de ingreso que expide por el cobro de sus servicios.

Al respecto, el SAT señaló en sus preguntas frecuentes sobre la “carta porte” que a partir de la entrada en vigor del complemento no podrán emitirse facturas masivas por semana o por mes. Así lo señaló en su pregunta número 7 de la sección “Autotransporte”, que se reproduce a continuación:

7. A partir de la entrada en vigor del complemento carta porte, ¿se podrá facturar masivamente (por semana o mes) o se tendrá que emitir un CFDI por cada servicio de traslado de bienes o mercancías?
No se podrá facturar de forma masiva (ni por semana ni por mes), por lo que se debe emitir un CFDI de tipo ingreso con complemento carta porte, por cada servicio de transporte que se realice.

Por lo anterior, a prácticamente un mes de su entrada en vigor, Fiscalia considera que es necesario que quienes tengan este tipo de prácticas de facturación, realicen ajustes a sus procesos y políticas administrativas con la finalidad de estar en condiciones de emitir una factura por cada servicio, con su correspondiente “carta de porte”.

– Con información de Fiscalia.

https://www.fiscalia.com/publicaciones/16198


NEWSLETTER

nuestro boletín semanal gratuito

Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

El impacto de la mujer en la economía mexicana

El SAT aplazó algunos supuesto para la opinión de cumplimiento hasta el 2022

IMSS habilita opción de solicitar la opinión de cumplimiento mediante su Buzón

Prepárate para la Declaración Anual: Utiliza el simulador del SAT hasta el 31 de marzo

Incremento del aguinaldo: Posible estímulo para evadir obligaciones