El Contribuyente
Síguenos
empty

Famsa reconoce multas con el SAT por los ejercicios de 2013 y 2014

El SAT multó a Grupo Famsa por la declaración errónea de pérdidas fiscales en 2013 y 2014.



El Contribuyente
28 julio, 2021

Grupo Famsa reconoció que sí pagó multas al Servicio de Administración Tributaria (SAT) por la declaración errónea de las pérdidas fiscales en el ejercicio 2013 y 2014. De acuerdo con la empresa, esto se debió a una interpretación de la Ley del ISR vigente en esos años.

En un comunicado de prensa, la empresa explicó que la controversia tuvo su origen en la interpretación y aplicación de los artículos 17 y 18 de la ley vigente en 2013, y a los artículos 16 y 17 de la ley vigente en 2014. Estos artículos se refieren al momento en que se materializaron las operaciones de venta y del momento en que debieron considerarse como ingresos acumulables.

Pérdidas fiscales en 2013 y 2014

Según señala Reforma, en 2013 Grupo Famsa reportó pérdidas fiscales por 1,379 millones de pesos; en realidad, las pérdidas fueron de 25.9 millones. En 2014, reportaron pérdidas de 1,293 millones de pesos; esa vez, las pérdidas reales fueron de 125 millones de pesos.

Debido a esto el SAT multó a la empresa por 406 millones de pesos en 2013, y por 349 millones de pesos en 2014. Como señala El Universal, la empresa se encuentra actualmente en concurso mercantil.

Grupo Famsa está obligada a informar sobre eventos importantes según las Disposiciones de Carácter General aplicables a las Emisoras de Valores y a Otros Participantes del Mercado de Valores.

El artículo 50, fracción V, inciso b) de las Disposiciones establece que las emisoras deben informar sobre los procedimientos judiciales, administrativos o arbitrales de importancia para la emisora o para las personas morales que ésta controle.

 

Con información de Reforma y El Universal

https://www.reforma.com/aclara-famsa-pagos-con-el-sat/gr/

https://www.eluniversal.com.mx/cartera/famsa-reconoce-pago-de-multas-al-sat-por-declaraciones-erroneas-de-2013-y-2014

 

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR:

Aún puedes tener devolución automática, si presentas tu declaración anual antes del 31 de julio


Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

¿Tu nómina aplica bien el subsidio para el empleo en 2026?

PRODECON dentro del gobierno: el riesgo que los contribuyentes deben conocer

Así se calcula el pago en parcialidades del ISR de la declaración anual

¿No presentaste tu declaración anual? Aún puedes, pero tiene costo

El primer acuerdo conclusivo por IVA de servicios digitales deja 183 mdp al SAT

Deducciones personales con IVA: lo que el SAT no acepta pero la ley no prohíbe