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Aún no es clara la división de facultades entre el SAT y la Agencia Nacional de Aduanas

Para saber cuáles serán las facultades de la ANAM habrá que esperar a que el SAT reforme su reglamento interior.



19 julio, 2021

El presidente, Andrés Manuel López Obrador, firmó un decreto con el que se quitará el control de las aduanas del país al Servicio de Administración Tributaria (SAT). Desaparecerá la actual Administración General de Aduanas (AGA), que forma parte del SAT y en su lugar se creará un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM).

La creación de la ANAM traerá varios cambios importantes consigo. En entrevista con El Contribuyente, Magdalena Macías Ríos, especialista en comercio exterior del Colegio de Contadores Públicos de México opina que uno de los más mediáticamente importantes es que se dará legitimidad legal a la presencia militar en las aduanas, cosa que con que ha sido controvertida con cierta frecuencia.

“El decreto dice que esta Agencia se apoyará pare efectos de la seguridad en las instituciones militares, y que incluso sus funcionarios podrán ser quienes estén en este momento en el servicio militar o hayan estado”, explicó.

Sin embargo, en opinión de la especialista, al margen de lo mediático es más importante cómo van a quedar las facultades de la ANAM, así como la forma en que se establecerá la división de labores en las aduanas con el SAT, quien actualmente fiscaliza y audita. Tendrá que haber una función fiscalizadora del SAT en las aduanas, pues así lo establece la Constitución Mexicana.

La especialista asegura que la lógica detrás de la separación de las aduanas y el SAT obedece a la necesidad de crear un personal mucho más especializado al comercio exterior.

A pesar de que la creación de la ANAM es inminente, aún no se conoce con precisión cuáles serán sus facultades, pues hay que esperara  que se publique la reforma al Reglamento Interior del SAT.

“Esto no está ni muy ni nada claro. Los plazos de lo que dice el decreto son que aparte de la creación legal del organismo, esto entrará en vigor hasta que se reforme el Reglamento Interior del SAT. Esta Agencia no tiene facultades si el SAT no se las otorga. Para que esto que salió publicado en el Diario Oficial tenga una validez real, es necesario que el SAT modifique su reglamento”.

De acuerdo a Macías Ríos, hasta que esto no suceda, la ANAM no será más que un “nombre”, un “cascarón”.

Luego de la modificación del reglamento interior del SAT, hay un plazo de 180 días para que se cree el reglamento de la ANAM, por lo que tendremos que esperar todavía algunos meses.


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