El Contribuyente
Síguenos
empty

¿Los CFDI de nómina pueden sustituir a los recibos impresos?

Desde el 2 de mayo de 2019, los recibos de nómina pueden sustituir a los recibos impresos.



(Imagen: El Contribuyente)
14 mayo, 2021

La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que los recibos de pago contenidos en Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) pueden sustituir a los recibos impresos.[LFT 101, cuarto párrafo].

Lo anterior se estableció con la reforma laboral que se publicó el 1 de mayo de 2019, en el Diario Oficial de la Federación (DOF). 

En este contexto, es importante recordar que, desde el 2 de mayo de 2019, los CFDI de nómina pueden sustituir a los recibos impresos.

La LFT también establece que el contenido de un CFDI hará prueba si se verifica en el portal de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), y que en caso de ser validado se estará a lo dispuesto en la fracción I del artículo 836-D de la ley. Es decir, puede ser utilizado como prueba en caso de algún procedimiento judicial. [LFT 101, cuarto párrafo].

Con la reforma laboral también se estableció que, en todos los casos, el trabajador deberá tener acceso a la información detallada de los conceptos y deducciones de pago. [LFT 101, tercer párrafo].

De acuerdo con un análisis de Fiscalia, el efecto de esta reforma es que los recibos de pago deberán entregarse al trabajador en forma impresa o por cualquier otro medio, sin perjuicio de que el patrón lo deba entregar en documento impreso cuando el trabajador así lo requiera.

– Con información de Fiscalia.

https://www.fiscalia.com/publicaciones/15662


Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

¿Tu nómina aplica bien el subsidio para el empleo en 2026?

PRODECON dentro del gobierno: el riesgo que los contribuyentes deben conocer

Así se calcula el pago en parcialidades del ISR de la declaración anual

¿No presentaste tu declaración anual? Aún puedes, pero tiene costo

El primer acuerdo conclusivo por IVA de servicios digitales deja 183 mdp al SAT

Deducciones personales con IVA: lo que el SAT no acepta pero la ley no prohíbe