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El SAT añade nuevas causas para suspender la contraseña a contribuyentes del RIF

Con la tercera modificación a la Miscelánea Fiscal 2020 se añaden nuevos casos para suspender las contraseñas de los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal.



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19 noviembre, 2020

El 18 de noviembre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2020. En esta versión, se añaden nuevos casos en los que la autoridad podría inhabilitar las contraseñas de los contribuyentes en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).

2.2.16. Vigencia de la contraseña de contribuyentes del RIF
Para los efectos del artículo 17-D del CFF, la Contraseña quedará inactiva cuando la autoridad detecte que los contribuyentes que tributen en el RIF:
I. En un periodo de dos años, se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:
a) No cuenten con actividad preponderante asignada en el RFC.
b) No hayan emitido CFDI, o
c) No hayan presentado declaraciones periódicas relacionadas con sus actividades.
II. No hayan realizado actualizaciones en el RFC cuando se hubieran colocado en los supuestos jurídicos para presentar los avisos respectivos.

Cuando el contribuyente se coloque en alguno de los supuestos a que se refieren las fracciones anteriores y su Contraseña quede inactiva, solicitará la activación de la Contraseña de conformidad con la ficha de trámite 7/CFF “Solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña”, contenida en el Anexo 1-A.

Como explica Fiscalia, la regla no especifica los “supuestos jurídicos” del segundo punto. En este caso, lo más probable es que la autoridad se refiera a los supuestos actuales por los que un contribuyente debe abandonar el RIF. Por ejemplo, si sus ingresos superan los dos millones de pesos, o cuando omite dos veces en forma consecutiva la declaración bimestral de impuestos o en tres ocasiones en un plazo de seis años.

 

Con información de Fiscalia

https://www.fiscalia.com/publicaciones/14781

 

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