El Contribuyente
Síguenos
empty

El TFJA vuelve a ampliar plazos de suspensión de labores, ahora hasta 30 de junio

Te decimos los nuevos plazos de suspensión de labores del TFJA.



El TFJA vuelve a ampliar plazos de suspensión de labores hasta 30 de junio
16 junio, 2020

Debido a la pandemia por COVID-19, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) volvió a ampliar los plazos de suspensión de labores.

El día de hoy en su página oficial, el TFJA publicó el Acuerdo SS/14/2020 para determinar la prórroga de suspensión de actividades jurisdiccionales del 16 al 30 de junio.

TFJA amplía plazos de suspensión de labores

El nuevo acuerdo establece lo siguiente:

Primero

Se prorroga la suspensión de actividades jurisdiccionales en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa por el periodo comprendido del dieciséis al treinta de junio de dos mil veinte, por lo tanto los días comprendidos en dicho periodo se considerarán inhábiles, en la inteligencia de que no correrán plazos ni términos procesales.

Segundo

Se adicionan los acuerdos Séptimo, Octavo y Noveno al Acuerdo SS/13/2020, en los siguientes términos:

Séptimo

Se levanta la suspensión de los términos y plazos, a partir del dieciséis de junio del año en curso, con fundamento en el artículo 282, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado de manera supletoria, únicamente en los asuntos que se están tramitando en la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual, a través del Sistema de Justicia en Línea, para continuar con su instrucción hasta la emisión de la sentencia definitiva y su notificación, y que se encuentren en los siguientes supuestos:

a) Que el escrito inicial de demanda se haya presentado a través de Sistema de Justicia en Línea, antes del dieciocho de marzo del año en curso;

b) Que la autoridad demandada esté desarrollando de manera normal su actividad, es decir, no se encuentre en suspensión de actividades con motivo de la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, por la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

c) Que no exista otra causa legal que impida la continuación de un juicio en particular, y, en caso de que existiere deberá quedar acreditada en autos.

Respecto de los asuntos presentados en línea, a través del Sistema de Justicia en Línea, a partir del veinte de abril del año en curso y hasta que se reinicie la actividad jurisdiccional en todo el Tribunal, se continuarán atendiendo únicamente las solicitudes, en los casos urgentes que no admitan demora, de las medidas cautelares o suspensión del acto impugnado.

Octavo

Se incrementará la elaboración de proyectos de sentencia a través de la actividad a distancia regulada en los lineamientos emitidos por la Junta de Gobierno y Administración, a través del Acuerdo G/JGA/39/2020, de fecha once de mayo de dos mil veinte, sin poner en riesgo la salud de las personas servidoras públicas.

En concordancia con lo anterior, a partir del dieciséis de junio del año en curso, se abre la posibilidad para que las Salas Regionales o Ponencias que emitan sentencias, tanto en la vía sumaria como en la ordinaria, las puedan notificar a través del boletín jurisdiccional, autorizándose la habilitación de las horas, días y términos, con apoyo en lo dispuesto por el artículo 282 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria en la materia, para su emisión y notificación.

Notificaciones que surtirán efectos en términos del artículo 65 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, según sea el caso, cuando empiecen a correr los plazos y términos procesales.

Noveno

Este periodo de suspensión se ocupará para organizar y realizar el esquema de trabajo, su revisión y aprobación, previsto en los lineamientos y protocolo establecidos por la Junta de Gobierno y Administración mediante Acuerdos G/JGA/41/2020 y G/JGA/42/2020, así como los protocolos que en su momento emita la propia Junta, para el regreso, cuando las condiciones sanitarias lo permitan, de manera ordenada, graduada, escalonada, controlada, responsable y segura a las actividades del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Excepciones

La suspensión de labores no aplica apara todos los servicios del TFJA.

En primer lugar, a partir de hoy, se levanta la suspensión de los términos y plazos para los juicios que actualmente se estén tramitando en la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual a través del Sistema de Justicia en Línea.

Además, a partir de hoy, las Salas Regionales o Ponencias podrán emitir sentencias, tanto en la vía sumaria como en la ordinaria, a través del boletín jurisdiccional.

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR:

El IMSS te enseña como cuidar a los adultos mayores ante el COVID-19


NEWSLETTER

nuestro boletín semanal gratuito

Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral), la Agenda Inteligente (las noticias de negocios más relevantes) y a nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

UIF, SAT y CNBV obstaculizan la transparencia del INE: consejeros

El reto fiscal del próximo Gobierno: Un ajuste presupuestario significativo

Prodecon explica qué hacer si el SAT cancela el certificado de sello digital

¿Cuáles son las fechas límite para cancelar facturas de 2023?

México, el nuevo canal de China para eludir aranceles estadounidenses