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¿Qué medidas de salubridad deben seguir los negocios que siguen laborando?

Algunos centros de trabajo no deberán parar, por considerarse esenciales, pero tienen que tomar las medidas preventivas necesarias. Aquí las mencionamos



STPS y Profedet
8 abril, 2020

La Secretaría de Salud (Ssa) ha sido muy enfática respecto a que algunas actividades no deben parar a pesar de la emergencia sanitaria. Sin embargo, para ello deben tomar en cuenta las medidas de seguridad e higiene necesarias para proteger a los trabajadores.

Proteger a la población vulnerable

En este sentido, en primer lugar hay que decir que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajador (Profedet) han dado a conocer qué personas no debe laborar en los centros de trabajo que siguen funcionando por ser considerados como actividades esenciales.

Entre las personas que se encuentran en latente peligro por la contingencia sanitaria están las mayores de 60 años, las mujeres embarazadas o en periodo de  lactancia, las personas con discapacidad o con enfermedades crónicas no transmisibles como:

  • hipertensión arterial
  • pulmonar
  • insuficiencia renal
  • lupus
  • cáncer
  • diabetes mellitus
  • obesidad
  • insuficiencia hepática
  • metabólica
  • enfermedad cardíaca

En entrevista para El Contribuyente, el especialista en derecho laboral, Luis Eduardo Montaño, menciona que en la redacción del decreto de emergencia sanitaria en el que se establecen las enfermedades por las cuales un trabajador no deberá presentarse a su centro de trabajo, faltó agregar a las personas asmáticas y fumadoras.

Mantener una sana distancia

Otra de las medidas para el personal que se encuentre en condiciones para laborar es que mantenga entre sí una sana distancia (lo que implica no saludar de beso, mano o abrazo ni estar a menos de metro y medio de otras personas) y tomar medidas de higiene general como lavarse las manos constantemente, no tocarse la cara y estornudar o toser en un pañuelo o en la parte interna del codo. Además, es necesario que no haya más de 50 personas en un mismo espacio.

En caso de que el centro de trabajo sea considerado esencial para hacerle frente a la pandemia, sólo se tendrán que seguir al pie de la letra las medidas para el personal que se encuentre en condiciones de seguir laborando, como mantener la sana distancia, las medidas de higiene, además de atender al número máximo de 50 personas en un mismo espacio.

“Desafortunada”, la redacción de la declaratoria de emergencia sanitaria

Asimismo, Eduardo Montaño califica la redacción de este documento como “desafortunada”, porque da a entender que la suspensión de labores por las enfermedades que ya se enlistaron se equipara a una licencia con goce de sueldo. Lo que da a entender que a los trabajadores “descansados” no estarían obligados a realizar sus labores desde casa (homeoffice), en el caso de que sus obligaciones laborales lo permitan.

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