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El Fiscoanalista: El SAT publicó la Resolución de Facilidades Administrativas 2020

Boletín semanal de noticias fiscales. Lunes 24 de febrero de 2020.



Autoridades fiscales podrán usar toda la información que tengan para sus resoluciones
24 febrero, 2020

Servicio de Administración Tributaria

El SAT publicó la Resolución de Facilidades Administrativas 2020

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recientemente publicó la versión anticipada de la Resolución de Facilidades Administrativas (RFA) para 2020. En resumen, se trata de un reglamento fiscal que otorga algunas facilidades a los contribuyentes y que se publica anualmente a través del Diario Oficial de la Federación (DOF). Las reglas de las RFA aplican para la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) del año correspondiente.
      La RFA para 2020 contiene facilidades administrativas aplicables a los sectores productivos que se señalan en cada uno de sus títulos:

  • Título 1.     Sector Primario.
  • Título 2.     Sector de Autotransporte Terrestre de Carga Federal.
  • Título 3.     Sector de Autotransporte Terrestre Foráneo de Pasaje y Turismo.
  • Título 4.     Sector de Autotransporte Terrestre de Carga de Materiales y Autotransporte Terrestre de Pasajeros Urbano y Suburbano.

Documento original: Resolución de Facilidades Administrativas (RFA) para 2020 / Fecha de publicación: 18 de febrero de 2020.


Servicio de Administración Tributaria

SAT publica la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2020

El 21 de febrero, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó la versión anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2020. Se trata de un documento de tres páginas, y estos son los principales puntos:

1. Se reforma la regla 3.16.11. Actualización de cantidades establecidas en el CFF

Esto se hizo para que la regla quede de la siguiente manera: “Para los efectos del artículo 239 del Reglamento de la Ley del ISR, el factor de acumulación aplicable al monto del depósito o inversión al inicio del ejercicio fiscal de 2019 es de 0.0000”.
En este caso se modificó el año y el monto, porque actualmente el texto dice que “el factor de acumulación aplicable al monto del depósito o inversión al inicio del ejercicio fiscal de 2018, es de 0.0290.

2. Se modificó la regla 2.1.13. Actualización de cantidades establecidas en el CFF

Esto se hizo para adicionar un tercer párrafo a la fracción XI de la regla 2.1.13., que indica lo siguiente:
“XI. …
Asimismo, se dan a conocer en el Anexo 5, rubro A, II, las cantidades que entrarán en vigor el 1 de enero de 2020, de conformidad con el ‘Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación’, publicado en el DOF el 9 de diciembre de 2019. Dichas cantidades son las que se encuentran en los artículos 26, fracción X, inciso h; 80, fracción VI; 82-B, fracciones I a VII; 82-D, fracciones II a IV; 84 fracción III y 86-D del CFF”.

3. SAT publica primeras modificaciones de los anexos 1-A, 5, 9, 14 y 23 de la RMF 2020

El SAT también publicó las versiones anticipadas de modificaciones a distintos anexos, derivadas de la Primera Resolución de Modificaciones de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2020. Los anexos modificados fueron los siguientes:

Anexo 1-A: Guía de Trámites Fiscales

En este anexo se describe paso a paso cómo se debe de llevar a cabo cada trámite y ante qué autoridad.

Anexo 5: Cantidades fiscales actualizadas

Este anexo contiene la actualización de las cantidades establecidas en el Código Fiscal de la Federación (CFF), como son las multas.

Anexo 9: Opción de actualización de las deducciones

Este anexo contiene una tabla para aquellos contribuyentes que obtienen ingresos por poseer bienes y tienen derecho a disminuir, de dichos ingresos, ciertas deducciones autorizadas, mismas que podrán actualizarse desde la fecha en que se realizó la adquisición hasta un mes antes de su enajenación.

Anexo 14: Donatarias autorizadas

Este anexo contiene la actualización del directorio de organizaciones no lucrativas cuya autorización para recibir donativos deducibles de la base del ISR es aprobada por el SAT.

Anexo 23: Ubicación de las Unidades Administrativas del SAT.

Este anexo contiene la ubicación de las Unidades Administrativas del SAT.

Puedes revisar la versión anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2020 y los anexos modificados aquí / Fecha de publicación: 21 de febrero de 2020.


Diario Oficial de la Federación

SCJN levanta el aplazamiento de amparos contra eliminación de la compensación universal

El 20 de febrero, la Suprema corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo general número 2/2020, por el que se levanta el aplazamiento del dictado de la resolución de los amparos contra la eliminación de la compensación universal.
      Se trata de los amparos en revisión del conocimiento de los tribunales colegiados de circuito, en los que subsista el problema de constitucionalidad del artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para el ejercicio fiscal de 2019.
      En septiembre de 2019, la SCJN emitió el acuerdo general número 14/2019, en el que aplazó el trámite de los amparos contra la eliminación de la compensación universal hasta que resolviera el asunto. La SCJN ya resolvió diversos amparos que derivaron en tesis que fueron publicadas el 24 de enero en el Semanario Judicial de la Federación:

  • Tesis jurisprudencial 2a./J. 5/2020 (10a.): “Compensación de saldos a favor. El artículo 25, fracción VI, de la LIF 2019, no viola el principio de progresividad de los derechos humanos”.
  • Tesis jurisprudencial 2a./J. 6/2020 (10a.): “Compensación de saldos a favor. El artículo 25, fracción VI, de la LIF 2019, que establece la mecánica respectiva, no se rige por los principios tributarios de equidad y proporcionalidad”.
  • Tesis jurisprudencial 2a./J. 7/2020 (10a.): “Compensación de saldos a favor. El artículo 25, fracción VI, de la LIF 2019, supera el test de proporcionalidad”.
  • Tesis aislada 2a. II/2020 (10a.): “Compensación de saldos a favor. El artículo 25, fracción VI, de la LIF 2019, al establecer la mecánica respectiva, no viola el principio de confianza legítima de los contribuyentes”.

Por eso, la SCJN determinó que dejó de existir la razón que motivó el aplazamiento decretado en septiembre de 2019.

Puedes revisar el acuerdo General número 2/2020 aquí / Fecha de publicación: 20 de febrero de 2020.


Instituto Mexicano de Contadores Públicos

El IMCP publicó consideraciones para el cierre de estados financieros de acuerdo con las NIF

El 14 de febrero, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) dio a conocer las consideraciones para el cierre de estados financieros, de acuerdo con las normas de información financiera mexicanas (NIF), al 31 de diciembre de 2019.
      En el documento se exponen temas contables de relevancia para la elaboración y presentación de los estados financieros anuales. Su objetivo es ayudar a la profesión contable en el análisis de los siguientes temas técnicos:

  • Evaluación de estimaciones críticas
  • Aspectos clave en las revisiones de deterioro
  • Requerimientos en las normas de instrumentos financieros
  • Baja en las tasas de interés
  • Intereses netos no deducibles
  • Arrendamientos
  • Diferencias de la NIF D-5, Arrendamientos, respecto a la NIIF 16, Arrendamientos
  • Tratamientos fiscales inciertos en el impuesto a la utilidad – supletoria
  • Aplicación de la INIF 22, Reconocimiento del efecto esperado en las relaciones de cobertura por los cambios en las tasas de interés de referencia
  • Impacto de nuevas Normas de Información Financiera:

1. NIF C-17, Propiedades de Inversión
2. NIF C-22, Criptomonedas
3. NIF E-1, Actividades agropecuarias

Documento original: Consideraciones para el cierre de estados financieros, de acuerdo con las normas de información financiera mexicanas (NIF), al 31 de diciembre de 2019 / Fecha de publicación: 14 de febrero de 2020.


Diario Oficial de la Federación

Publican lineamientos para implementar la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana

El 20 de febrero, la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los lineamientos de carácter general para la implementación de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana.
      El documento contiene las bases generales para la aplicación e implementación de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana, que se señalan en los siguientes capítulos y en tres artículos transitorios:

  • Capítulo Primero. Disposiciones Generales.
  • Capítulo Segundo. Padrón Único de Fomento a la Confianza Ciudadana.
  • Capítulo Tercero. Suspensión de Inspecciones, Verificaciones y Visitas Domiciliarias.
  • Capítulo Cuarto. Inspecciones, Verificaciones y Visitas Domiciliarias.
  • Capítulo Quinto. Coordinación Institucional.
  • Capítulo Sexto. Sanciones.

Documento original: Lineamientos de carácter general para la implementación de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana / Fecha de publicación: 20 de febrero de 2020.


Senado de la República

Pronto no podrán hablarte del trabajo fuera de horarios laborales

El 1 de enero de 2017 entró en vigor la reforma laboral en Francia. Uno de los aspectos más importantes de esta ley es el derecho a la desconexión (droit à la déconnexion) para los trabajadores. El Código de Trabajo francés incluyó esta figura en su artículo 7, que garantiza el derecho a la desconexión de los trabajadores a fin de asegurar el respeto del tiempo de descanso y de vacaciones, así como de su vida personal y familiar.
      Ahora, la Junta de Coordinación Política (Jucopo) en el Senado está trabajando en una idea similar. Ricardo Monreal, presidente de la Jucopo, dijo que pronto presentará una propuesta para que los mexicanos tengan derecho a la la desconexión, también conocido como “descanso digital”.
      La idea de la reforma es que se reconozca el derecho de los trabajadores a desconectarse. Esto implica no recibir llamadas, mails ni mensajes sobre algún tema laboral fuera del horario de trabajo. Con esto, se espera que se respete el tiempo de descanso, permisos, vacaciones y a la intimidad personal y familiar de los trabajadores.
      De acuerdo con Monreal, los avances tecnológicos han hecho que la disponibilidad sea algo esperado en todo momento. Esa situación se ha convertido en un peligro para la salud de los trabajadores. La reforma ayudará a los empleados a recuperar el balance entre su vida personal y laboral.

Puedes revisar la información que publicó el Senado de la República sobre el tema aquí / Fecha de publicación: 16 de febrero de 2020.


Diario Oficial de la Federación

Ordenan que amparos contra ley antifactureras se resuelvan en dos juzgados de la CDMX

El 18 de febrero, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) publicó en el Diario Oficial de la federación (DOF) un acuerdo en el que ordena que los amparos contra la reforma penal fiscal o ley antifactureras se resuelvan en dos juzgados de la Ciudad de México (CDMX).
      El CJF considera que la reforma penal fiscal o ley antifactureras puede ocasionar la presentación masiva de demandas de amparo indirecto. Esto provocaría un aumento considerable en las cargas de trabajo de los órganos jurisdiccionales, en detrimento del derecho a recibir una justicia pronta y expedita. [Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 17].
      Para solucionar la posible problemática, el CJF ordenó la concentración de las demandas de amparo contra la reforma penal fiscal o ley antifactureras. Esto se hará en los Juzgados Primero y Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México.
      El objetivo de la medida es que dichos juzgados tramiten, resuelvan y se hagan cargo del cumplimiento de las sentencias.
      Adicionalmente, el CJF también consideró indispensable que los recursos que se presenten en los juicios de amparo mencionados, sean del conocimiento de los Tribunales Colegiados Primero y Cuarto del Centro Auxiliar de la Primera Región.

Puedes revisar el Acuerdo General 2/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) aquí / Fecha de publicación: 18 de febrero de 2020.


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