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El SAT siempre no fiscalizará con la confianza

Nuestro columnista, Alejandro Bolaños, opina que la eliminación de la compensación universal contradice lo dicho por el presidente respecto a que durante su gobierno se restablecería la confianza entre ciudadanos e instituciones.




Foto: Shutterstock
26 diciembre, 2018

Como ya es de conocimiento general el mecanismo de la compensación universal contenida en el artículo 23 del Código Fiscal de la Federación (CFF) vigente en el año de 2004, será restringido a partir de 2019; este mecanismo ha sido muy útil en todos estos años para muchas empresas en virtud de permitir el uso de los saldos a favor sin más requisitos que notificarlo a través de las declaraciones de pago correspondiente o a través de los avisos de compensación cuando era aplicable.

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Su eliminación podría generar algunos problemas en el capital de trabajo de los contribuyentes en virtud de que ahora tendrán que desembolsar dinero extra para el pago de sus impuestos. Además habrá que recurrir al trámite de solicitud de devolución para recuperar los saldos a favor, trámite que se ha convertido en los últimos años en un dolor de cabeza para los contribuyentes.

Respecto a la modificación a la compensación universal se lee en la iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para 2019 lo siguiente:

“Si bien es cierto que estas medidas representaron una simplificación administrativa, también lo es que abrieron espacios para prácticas de evasión fiscal. La tendencia de los montos de las compensaciones que los contribuyentes han aplicado en los últimos años ha sido creciente. En efecto, se observa que la tasa de crecimiento promedio de las compensaciones de los saldos a favor del IVA es mayor que la tasa de crecimiento promedio del monto de saldos respecto de los cuales se solicita su devolución. Dichos saldos a favor del IVA se compensan contra pagos que deben realizarse del ISR por adeudo propio o enteros que deben realizarse de impuestos retenidos.

Los mencionados saldos a favor se originan por la aplicación del acreditamiento de impuestos que fueron trasladados al contribuyente en los gastos o en las inversiones que realizan, acreditamiento que corresponde a impuestos causados previamente y que debieron ser enterados al fisco por parte de sus proveedores, lo que en muchas ocasiones no ocurre así, ya sea por una evasión lisa y llana del impuesto a pagar, o bien, porque se realizan acreditamientos ficticios soportados por comprobantes fiscales de operaciones inexistentes, que dan lugar a los saldos a favor que posteriormente se compensan contra otros impuestos, sin existir una revisión o autorización previa por parte de la autoridad. Por ello, para combatir estas prácticas de evasión fiscal se hace indispensable limitar la compensación abierta entre los diferentes impuestos”.

Como se puede observar, la justificación para limitar la compensación de saldos a favor es la mala práctica de los contribuyentes que no pagan el IVA cobrado o que obtienen acreditamientos de operaciones inexistentes; lo cual muchas veces (en mi opinión) no es culpa de quien paga servicios o adquiere productos y efectivamente paga el IVA a sus proveedores.

En mi opinión, si bien la compensación universal ha sido utilizada para dejar de pagar impuestos al fisco federal, la medida cumple un objetivo para el fisco que es evitar estas malas prácticas, pero las autoridades fiscales no deben olvidar que la relación tributaria tiene dos participantes, autoridad y contribuyentes, y si bien la autoridad fiscal está cubriendo su parte al buscar inhibir malas prácticas, no debe olvidar que los contribuyentes tienen también el derecho a recuperar su saldos a favor en forma pronta.

En la práctica hemos visto que, no obstante los contribuyentes presentan a la autoridad toda la información y documentación con la que se demuestra la veracidad de sus saldos a favor, los requerimientos de la autoridad son excesivos y desgastantes, podría decir hasta en lo emocional; por ello es que considero necesario que atendiendo a lo señalado en la iniciativa de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana, y al cambio que se ha anunciado a viejas prácticas, la autoridad fiscal debe implementar un mecanismo para devolución de saldos a favor a los contribuyentes y así lograr restablecer la confianza en las instituciones (en este caso el Servicio de Administración Tributaria y la Secretaria de Hacienda y Crédito Público), que en mi opinión se ha perdido desde hace varios años.


El Contribuyente es un medio plural que admite puntos de vista diversos. En tal sentido, la opinión expresada en esta columna es responsabilidad sólo del autor.

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