El SAT puede cancelar un RFC por defunción sin necesidad del aviso respectivo
La Prodecon indicó que la autoridad fiscal puede cancelar un RFC por defunción sin aviso en determinados casos.
La Prodecon indicó que la autoridad fiscal puede cancelar un RFC por defunción sin aviso en determinados casos.
La autoridad fiscal cuenta con una aplicación con la que se verifica si un RFC se encuentra inscrito en su base de datos.
Algunos contribuyentes pueden optar por utilizar “Mis Cuentas”, para estar exceptuadas de llevar e ingresar de forma mensual su contabilidad electrónica, pero deben enviar un aviso al SAT.
La autoridad fiscal negó parcialmente una solicitud de devolución, porque en los CFDI se registró como método de pago “compensación”. Pero un tribunal consideró que sí procedía el acreditamiento del IVA.
Un tribunal determinó que procede a favor de la contribuyente el pago de actualizaciones e intereses, hasta la devolución del pago de lo indebido.
El procedimiento para actualizar las contribuciones omitidas prevé la utilización del INPC, pero a la autoridad fiscal no le corresponde verificar el proceso para calcular el INPC.
Para renovar o actualizar la contraseña, los contribuyentes cuenta con tres opciones.
La Procuraduría dijo que no renovar la firma electrónica por estar en la lista definitiva del 69-B del SAT, limitaría el acceso para cumplir con las obligaciones o para corregir la situación fiscal del contribuyente.
El servicio de las salas de internet del SAT, conocidas como “Mi Espacio”, se da sin necesidad de una cita.