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¿Qué información considera el SAT para precargar el ‘total de ingresos’ en la declaración anual de Personas Morales?

Es importante analizar con tiempo suficiente la información que se encuentra precargada en el formato de declaración anual para tener claro cómo está integrada y, a partir de ahí, poder reflejar correctamente los saldos y determinar la obligación de manera correcta



14 marzo, 2024

En la declaración anual de personas morales, el dato de los ingresos del ejercicio viene cargado con los datos que tiene en su poder el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

De acuerdo con un análisis de Fiscalia, para poder conciliar saldos, es necesario saber cómo se integran estos ingresos. Esto se debe a que los contribuyentes pueden tener dudas al no tener claro de dónde proviene esa cantidad.

Explicación del SAT

Al respecto, el artículo indica que la autoridad aclara a través de las ‘Preguntas frecuentes – Declaración anual de personas morales régimen general’, lo siguiente:

7. ¿Qué información considera la herramienta Declaración Anual para realizar el prellenado del campo “Total de ingresos”?

El campo “Total de ingresos” se prellena con la información de los pagos provisionales que presentaste y que, en su caso, pagaste durante el ejercicio que declaras. Al dar clic en “DETALLAR” visualizas la pestaña “Ingresos de pagos provisionales” donde encuentras las especificaciones de las declaraciones de pagos provisionales que se presentaron durante el ejercicio, con la información relativa al número de operación y fecha de presentación de la declaración de que se trate.

La información que se muestra en el campo “Total de ingresos” no se puede modificar a través de la herramienta Declaración Anual, si requieres realizar algún cambio, debes presentar declaraciones complementarias de los pagos provisionales correspondientes.

De lo anterior resulta claro que el total de ingresos que contempla la declaración anual se integra a partir de los ingresos manifestados en las declaraciones de pagos provisionales.

Otros ingresos

Pero Fiscalia señala que estos ingresos no son todos los que el contribuyente puede tener como ingresos gravables en el año, pues falta considerar el efecto del ajuste inflacionario y algunos otros conceptos cuyo efecto se da en la declaración anual.

Por eso, es importante saber que ese dato equivale a los ingresos manifestados en pagos provisionales y que, para efectos de hacer algún ajuste, este deberá hacerse presentando declaración complementaria de los pagos provisionales.

Configuración del saldo

Uno de los aspectos que causan confusión en la determinación del total de ingresos es el manejo de los descuentos y devoluciones. Esto sucede porque a pesar de que representan una disminución de ingresos, para efectos fiscales estos son una deducción. No obstante, depende mucho de cómo el contribuyente manejó estas operaciones:

  • Si se manejan vía nota de crédito, el efecto reductor del ingreso se da hasta la declaración anual por la vía de las deducciones
  • Si la empresa maneja estos conceptos por la vía de la cancelación de facturas, entonces los ingresos declarados en pagos provisionales ya deben contemplar este efecto.

Fiscalia considera que es importante analizar con tiempo suficiente la información que se encuentra precargada en el formato de declaración anual para tener claro cómo está integrada y, a partir de ahí, poder reflejar correctamente los saldos y determinar la obligación de manera correcta.

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