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Poder Judicial limita al SAT pedir información de terceros

La autoridad fiscal no debe solicitar datos de terceros, como el RFC, nombre y teléfono, lo que limitará sus facultades, señalan especialistas



20 julio, 2023

El Poder Judicial de la Federación recientemente determinó que es ilegal que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) solicite a los contribuyentes, en una auditoría fiscal, información de terceros que no estén siendo revisados.

De acuerdo con Reforma, en la resolución se determinó que esa actuación de la autoridad es ilegal y viola el derecho a la protección de datos y a la intimidad de terceros involucrados en un proceso.

Es decir, la autoridad fiscal no debe solicitar datos de terceros, como el RFC, nombre y teléfono, lo que limitará sus facultades, según expertos consultados por el diario.

Un análisis del despacho Santamarina & Steta indica que esta situación acotará ciertas arbitrariedades, en las que la autoridad ha incurrido, puesto que en la práctica suele solicitar información excesiva e imposible de proporcionar.

El despacho señaló que la jurisprudencia establece que la información personal de terceros no puede considerarse parte de la contabilidad fiscal que deben mantener las empresas, por lo que el SAT no tiene facultades para pedir tal información.

El presidente de la Comisión Técnica Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, Miguel Ángel Tavares, dijo al diario que la resolución fue a partir de un amparo directo en un sólo tribunal, por lo que no aplica para todos los del país, pero sí puede ser usada como defensa.

Además, adelantó que la resolución tendrá un impacto relevante en todos los procedimientos de fiscalización en trámite. Esto se debe a que limita las extensas facultades que el SAT ha venido ejerciendo en sus auditorías fiscales.

El SAT mantiene nivel de ingresos con fiscalización y cobranza (Imagen: Shutterstock)

“En la práctica, sí se toma en cuenta y sí se aplica el criterio, eso quiere decir que si eso lo conoce el abogado litigante, en un tribunal distinto por supuesto que lo hará valer”, comentó al diario.

El especialista consideró que esta resolución no afecta al SAT, porque si está investigando a un contribuyente en materia del cumplimiento de sus obligaciones fiscales, se tiene que apegar a la contabilidad de ésta.

Si la autoridad requiere información de los clientes o proveedores de un contribuyente, hay mecanismos para solicitarla directamente a estos últimos.

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