El Contribuyente
Síguenos
empty

La reforma al outsourcing tiene carácter persecutorio: Procuraduría Fiscal

Las personas que hagan uso indebido de la subcontratación laboral podrán hacerse acreedores a prisión preventiva oficiosa y hasta años de prisión, dijo Romero Aranda.



3 mayo, 2021

El procurador Fiscal de la Federación, Carlos Romero Aranda, dijo que la iniciativa de reforma al outsourcing aprobada recientemente por los legisladores de México es persecutoria, pues se incluye una calificativa adicional en el Código Fiscal de la Federación (CFF), con la cual la persona que defraude vía outsourcing o vía servicios especializados podría hacerse acreedor a hasta 13 años y medio de prisión.

“Entonces eso nos da un carácter persecutorio, pero también un carácter inhibitorio. Si las personas que se dedican a este supuesto siguen en ese esquema o no se regularizan, podrían también perseguirlas por defraudación fiscal, defraudación fiscal calificada o incluso en algunos de los supuestos hasta por delincuencia organizada. Entonces la gente que decida quedarse en este esquema y no regularizarse es jugar con fuego porque es un tema de cárcel”, dijo el funcionario en entrevista con Sin Embargo.

La Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF), dependencia encabezada por Romero Aranda, es la encargada de representar legal y administrativamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), velando por sus intereses. Es decir, es el brazo encargado de representar a la Secretaría ante el poder judicial en las querellas relacionadas con la evasión de impuestos.

El funcionario explicó que en la actualidad se encuentran persiguiendo no sólo a los grupos de factureras que se dedicaban al outsourcing, sino incluso a los clientes de estas empresas.

“Paralelamente estamos presentando denuncias contra los clientes de los outsourcings. Es decir, los que a final de cuentas deducían las facturas que les daban por servicios administrativos, lo que era el outsourcing, o para los que acreditaban el IVA indebidamente. Entonces tenemos dos vertientes. Si esto lo hicieron después de 2020, incluso podrían tener prisión preventiva oficiosa”, explicó.

La reforma a la subcontratación laboral aprobada sólo permitirá la subcontratación de servicios especializados. Es decir, una empresa podrá poner a disposición de otra a sus trabajadores siempre que no realicen funciones relativas al objeto social de la empresa a la cual prestarán sus servicios.

Además, las empresas que prestan servicios especializados deberán estar registradas en un padrón que manejará la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Para tener este registro, que deberá ser renovado cada tres años, la empresa deberá estar al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social. La STPS tendrá un plazo de 20 días para pronunciarse sobre la solicitud de registro.


NEWSLETTER

nuestro boletín semanal gratuito

Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

¿Qué es el servicio de conciliación de factura del SAT?

¿Cuándo no se paga ISR por intereses recibidos?

¿Cómo puedo saber si mi devolución de impuestos fue aceptada o rechazada?

Cómo optimizar deducciones en la Declaración Anual