El Contribuyente
Síguenos
empty

¿Por qué el sello digital tiene el mismo valor que la firma?

Te explicamos los motivos.




firma electrónica, sello digital, sat, el contribuyente
Foto: Shutterstock
11 mayo, 2018

El sello significa autorización. Es un mensaje que transmite la voluntad de quien lo pone; lo que el sello estampa está bien, ya no necesita más. Aunque naturalmente nos inclinamos a pensar que burócratas y funcionarios no tienen voluntad, sí la tienen y la demuestran en sus sellos.

Entonces, ¿qué pasa si en una resolución administrativa el funcionario decide no poner su firma autógrafa? Según el artículo 38 del Código Fiscal de la Federación la firma y el sello digital tienen el mismo valor ante la ley. El problema es que muchos contribuyentes han ido hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación alegando que estos sellos, o que se utilicen en lugar de la firma, violan el derecho de la seguridad jurídica.

Seguridad jurídica

Es un principio del derecho que se refiere tanto a la máxima publicidad de las leyes como a su aplicación. Esto quiere decir que las leyes deben darse a conocer de alguna manera que las haga tener alcance para que las conozca la población; por otro lado, significa que sus consecuencias y su forma de llevarse al mundo práctico también debe darse a conocer.

¿Cómo podría ser que el sello viola este principio? Existía la incertidumbre entre los contribuyentes sobre si el sello confirmaba la autoría de un documento o una resolución administrativa. Es decir, creían que la firma daba por hecho, sin lugar a dudas, que lo que decía el documento era lo que decía la persona; con el sello, no se lo creían.

¿Cuál debe usarse?

Para poner todo esto en orden, llegó una tesis aislada de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que argumenta que tanto con el sello digital como con la firma electrónica avanzada se tiene plena certeza del funcionario que emitió la resolución administrativa. Con esto, se da la voluntad del funcionario al documento. Esto quiere decir que ya no debería haber incertidumbre: lo que dice la resolución es oficial.

Por todas estas razones, el sello digital es igual de válido que la firma.


NEWSLETTER

nuestro boletín semanal gratuito

Suscríbete a la Agenda Inteligente (las noticias de negocios más relevantes), El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

¿Qué es el servicio de conciliación de factura del SAT?

¿Cuándo no se paga ISR por intereses recibidos?

¿Cómo puedo saber si mi devolución de impuestos fue aceptada o rechazada?

Cómo optimizar deducciones en la Declaración Anual