Si el contribuyente aplica la autocorrección fiscal, la autoridad debe calificarla
El TFJA indicó que cuando el contribuyente aplique la autocorrección fiscal, la autoridad debe calificarla.
El TFJA indicó que cuando el contribuyente aplique la autocorrección fiscal, la autoridad debe calificarla.
El TFJA resolvió un caso en el que consideró que si la autoridad fiscal requiere datos que no forman parte de la contabilidad, se trata de una ilegalidad no invalidante.
Un contribuyente presentó un aviso para aplicar el estímulo fiscal del IVA en la región fronteriza norte y se lo negaron, pero un tribunal analizó el caso y declaró la nulidad de la decisión de la autoridad.
La fe de hechos notarial no es prueba idónea porque los notarios públicos no son autoridades.
La violación del plazo de 20 días para formular el requerimiento, para verificar la procedencia de la devolución solicitada, no implica que ésta deba efectuarse indefectiblemente.
El TFJA recientemente publicó una tesis en la que explica la diferencia entre los términos “no localizado” y “no localizable”.
La Ley del ISR establece requisitos específicos para las deducciones autorizadas de más de 2 mil pesos.
En sus redes sociales, Salinas Pliego negó una deuda de 40 mil millones de pesos con el SAT.
El procedimiento para actualizar las contribuciones omitidas prevé la utilización del INPC, pero a la autoridad fiscal no le corresponde verificar el proceso para calcular el INPC.