El Contribuyente
Síguenos
empty

¿Cuál es el tratamiento fiscal de los redondeos mensuales de centavos?

El redondeo simplifica las transacciones en efectivo al ajustar el precio total de las compras, eliminando la necesidad de manejar monedas de baja denominación



7 agosto, 2024

El redondeo es una práctica comercial común en la cual los establecimientos ajustan el precio total de una compra, para simplificar las transacciones en efectivo y reducir la necesidad de manejar monedas de baja denominación, como los centavos.

De acuerdo con un texto publicado por Fiscalia, empresas que cobran mensualmente por sus servicios, como telefonía o internet, por mencionar algunas, efectúan redondeos, a favor o a cargo, que se aplican a la factura del siguiente mes.

El texto indica que con la modificación a las guías de llenado del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) realizada en marzo de 2019, la autoridad emitió un criterio en cuanto al manejo de estas cantidades, indicando de manera textual lo siguiente:

En el caso de operaciones mensuales con clientes (frecuentes), cuando éste liquide la factura en la que en el monto del pago monetario existan diferencias de centavos y hasta un peso, podrás conservar dichas diferencias en una cuenta de orden y aplicarla como pago a las facturas siguientes a ese mismo cliente, siempre y cuando esta aplicación se realice dentro de los dos meses calendario inmediatos siguientes a la realización del pago en dónde existan las citadas diferencias, en caso contrario, será obligatorio emitir un CFDI por anticipos para este tipo de operaciones.

En su texto, Fiscalia explicó que la autoridad da un plazo de dos meses para aplicar aquellas diferencias que quedan a favor del cliente, y en caso de que no sean aplicadas en facturas posteriores dentro del plazo indicado, se deberá emitir un CFDI reconociendo dichos centavos como anticipo, quedando entonces obligados posteriormente a emitir la documentación correspondiente en la que se aplica el anticipo contra la factura que corresponda, agregando complejidad y costo al proceso administrativo.

Por eso, considera conviene evaluar los procedimientos administrativos conforme a esta nueva indicación del SAT.

Además, señaló que a través de las guías de llenado se busque establecer regulación tanto de procedimiento contable como de causación de impuestos.

En cualquier caso, indicó que el criterio de la autoridad ha sido expresado mediante esa vía y es conveniente que quienes realizan este tipo de prácticas revisen si sus procedimientos contables y fiscales se apegan al criterio del SAT.

Te puede interesar

¿Es obligatorio responder las cartas invitación del SAT?

Conoce los nuevos criterios aprobados por la Prodecon en julio de 2024





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

¿Traspasos entre cuentas propias? Así debes justificarlo ante el SAT

¡Cuidado con las revisiones del SAT! Requisitos clave para que el oficio de conclusión sea válido

¿Tu patrón no paga al Infonavit? Aprende cómo proteger tus aportaciones

¿Quieres un crédito Infonavit y tienes más de 60 años?