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Al ahorrar para tu retiro, el SAT te puede devolver impuestos en la declaración anual

Las Afores tiene la obligación de proporcionar a los contribuyentes la constancia de las aportaciones que hayan realizado



9 abril, 2024

Las aportaciones voluntarias a las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) en México pueden ser una herramienta valiosa para incrementar el ahorro para el retiro. Además, bajo ciertas condiciones, estas aportaciones pueden ser deducibles de impuestos, lo cual representa un beneficio fiscal importante para los contribuyentes.

Las personas contribuyentes pueden disminuir su base gravable a fin de pagar menos impuestos a través de las deducciones personales.

¿Qué son las deducciones personales?

En este contexto, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) recientemente explicó que las deducciones personales son gastos que todas las personas físicas tienen derecho a disminuir de los ingresos acumulables en la declaración anual del ejercicio, y dentro de estas se encuentran las aportaciones a la Afore.

El ombudsman fiscal indicó que el Artículo 151, fracción V, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley del ISR), establece que las personas físicas que obtengan ingresos por el concepto de sueldos y salarios, al momento de calcular su impuesto a través de su declaración anual, podrán hacer deducibles las aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro, o a las cuentas de planes personales de retiro, así como las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias.

La deducción se podrá realizar hasta por el 10% de tus ingresos acumulables, sin exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) elevadas al año, que aproximadamente son 189,325 pesos, para 2023.

“Así, en la determinación de tu declaración anual te podrá resultar un saldo a favor, para lo cual te recomendamos acudir con nosotros para revisar tu declaración anual y apoyarte a solicitar la devolución de tu saldo a favor, para lo que ocuparás un estado de cuenta bancario reciente no mayor a dos meses, la constancia de las aportaciones que hayas efectuado al Afore y tu firma electrónica vigente”, expresó la Prodecon.

Recuerda que es obligación de la Afore proporcionarte la constancia de aportaciones que hayas realizado, de lo contrario, puedes acercarte a la Prodecon para que a través de sus servicios gratuitos pueda no apoyarte a solicitarla.

Lo anterior lo publicó la Prodecon en su revista Prodecontigo de marzo-abril de 2024.

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