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¿El SAT puede reportarme al Buró de Crédito sin que me entere de un adeudo?

Si el SAT notifica un adeudo y el contribuyente no lo paga, entonces es cuando envía su reporte al Buró de Crédito



El reporte al Buró de Crédito por el SAT es por el total aunque sólo se atrase una mensualidad
(Imagen: El Contribuyente)
24 agosto, 2022

El Buró de Crédito es una empresa que administra una base de datos con el historial crediticio. A las personas y empresas les conviene que su historial muestre pagos oportunos, porque es una forma de avalar que son cumplidos y así tienen más probabilidades de obtener nuevos financiamientos.

Entre los otorgantes de financiamientos que aportan información al Buró de Crédito, se encuentran: instituciones bancarias, emisores de tarjetas de servicio, arrendadoras, empresas de financiamiento automotriz, hipotecario y de bienes en general, tiendas departamentales y empresas comerciales.

Pero el Servicio de Administración Tributaria (SAT) también puede boletinar a un contribuyente ante el Buró de Crédito cuando éste tenga un adeudo sin pagar. Es decir, cuando tenga algo que se llama crédito fiscal firme.

¿El SAT puede reportarme sin que me enteré del adeudo fiscal?

En este contexto, a algunos contribuyentes les puede surgir la siguiente duda: ¿el SAT puede reportarme al Buró de Crédito sin que me enteré del adeudo?

Información publicada por el SAT indica que sólo reporta al Buró de Crédito los adeudos debidamente notificados y habiendo transcurrido los plazos para aclaración que estipula la ley.

De acuerdo con Virginia Ríos Hernández, integrante de la Comisión Técnica de investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, si el SAT notifica un adeudo y el contribuyente no lo paga, entonces es cuando envía su reporte al Buró de Crédito.

Los contribuyentes pueden terminar en el Buró de Crédito por no revisar su buzón

Por eso, la contadora considera que es muy importante que las personas físicas y morales habiliten y revisen su buzón tributario.

En entrevista con El Contribuyente, la especialista dijo que lo anterior se debe a que muchas veces llegan notificaciones al buzón tributario, y los contribuyentes no las abren porque piensan que al no abrirlas es como si no hubieran sido notificados.

Pero la integrante del Colegio de Contadores Públicos de México indicó que el Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que si el contribuyente no revisa el buzón tributario y no abre la notificación, a los tres días se considera notificado.

Caso en el que el contribuyente podría ser reportado sin enterarse del adeudo

Si la notificación tiene que ver con un adeudo fiscal y el contribuyente no la atiende, el SAT reportará al pagador de impuestos al Buró de Crédito, por no pagar ni impugnar el adeudo.

En caso de que el contribuyente no revise su buzón tributario, podría ser reportado al Buró de Crédito sin enterarse del adeudo.

 

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