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El SAT rechaza devoluciones automáticas por la “no localización” de los contribuyentes

El rechazo de las solicitudes de devolución automática por la “no localización” de los contribuyentes, podría tener tintes de ilegalidad.



El SAT rechaza devoluciones automáticas por la “no localización” de los contribuyentes
Imagen: El Contribuyente
13 abril, 2021

El 1 de abril, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) habilitó la plataforma digital para presentar la declaración anual de personas físicas 2020.

Las personas físicas que presentan su declaración y determinan saldo a favor del Impuesto sobre la Renta (ISR) pueden solicitar y obtener la devolución automática. Esto lo deben hacer marcando el recuadro respectivo. Es decir, deben señalar la opción de devolución. [Regla 2.3.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2021].

Actualmente se están comenzaron a recibir las primeras respuestas a las solicitudes de devolución automática.

Pero Fiscalia informó que algunas respuestas del SAT, a las solicitudes de devolución automática, son de rechazo porque el contribuyente se encuentra en situación de “no localizado”.

Mensaje que les ha aparecido a algunos contribuyentes al solicitar la devolución de impuesto.

Dichas respuestas de la autoridad señalan lo siguiente: “Es necesario que verifique la situación de no localizado que guarda su domicilio fiscal registrado ante el SAT”.

El requisito de la localización de domicilio no es uno de los elementos excluyentes de la devolución automática, porque no se enlista como tal en las excepciones previstas en la Regla 2.3.2. de la RMF para 2021.

Por eso, Fiscalia indicó que el rechazo de las solicitudes de devolución automática, por la “no localización” de los contribuyentes, podría tener tintes de ilegalidad.

– Con información de Fiscalia.

https://www.fiscalia.com/publicaciones/15489


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