Te decimos los cambios a la Revisión B del Complemento de Plataformas Tecnológicas. Este 24 de diciembre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó la Revisión B de la versión 1.0 del estándar técnico del complemento Servicios Plataformas Tecnológicas. La finalidad es cumplir con la obligación que tienen las plataformas tecnológicas de emitir el CFDI que acredite los ingresos y retenciones por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de Internet, mediante aplicaciones informáticas y similares, la cual inicia su vigencia el 1 de enero de 2021.
Los cambios a la Revisión B
Se ajustan las descripciones de algunos elementos a fin de incluir lo referente a las Personas Morales.
A nivel CFDI de retenciones:
Se considera el registro de los datos de identificación en caso de que el receptor del CFDI sea extranjero, y en caso de que no cuente o no se proporcione el Número de Identificación fiscal de su país, se debe registrar el RFC genérico Extranjero.
También se elimina el registro de información del atributo FolioInt, para la periodicidad distinta a la establecida en los catálogos de rango y se modifica la regla que obliga que el registro de información sea solo para los nacionales.
Se modifica la forma en la que se debe registrar información para los siguientes atributos:
RFCRecep
ImpRetenidos
BaseRet
montoRet
Se modifica la forma en la que se debe registrar información del complemento para los siguientes atributos:
TotalIVARetenido
TotalISRRetenido
DifIVAEntregadoPrestServ
TipoDeServ
ImpuestosTrasladadosdelServicio
ComisionDelServicio
Con información de Fiscalia https://www.fiscalia.com/publicaciones/14970
Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.