El Contribuyente
Síguenos
empty

Unidad de Inteligencia Financiera podría congelar cuentas sin sentencia previa

Entre empujones e insultos, los diputados aprobaron en lo general la reforma, con algunas reservas.



(Imagen: Shutterstock)
7 noviembre, 2019

El día de ayer la Cámara de Diputados discutió la minuta que le envió la Cámara de Senadores que busca reformar la Ley de Instituciones de Crédito. Ésta le daría facultades a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para congelar cuentas y extinguir sus recursos.

La minuta fue criticada por algunos legisladores por ser excesiva e inconstitucional, pues permitiría a la UIF congelar y decretar la extinción de los recursos sin una investigación o sentencia previa.

La iniciativa fue votada en lo general con 308 votos a favor del PT, Morena y el PVEM, 141 en contra del PAN, PRI, PRD y MC, así y 10 abstenciones.

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR:

¿Qué es la extinción de dominio?

Sin embargo, la diputada morenista Lidia García consideró que la reforma era excesiva e inconstitucional, por lo que pidió que se notificara por escrito a los cuentahabientes con cuentas congeladas. Para ello se agregaría un capítulo quinto a la ley.

También propuso eliminar la fracción III del artículo 116 Bis, para prevenir que la SHCP pueda promover la extinción de dominio sin la orden de un juez.

La modificación fue aprobada con 225 votos a favor del PAN, PRI, MC y PRD, así como algunos votos de Morna, PT, y el PES. Hubo 223 votos en contra, del PES, PVEM y Morena, así como dos abstenciones.

Algunos diputados no se encontraban durante la votación, lo que fue motivo de reclamo por parte del coordinador de la bancada morenista, Mario Delgado. Por ello, se desató una trifulca entre diputados del PAN y de Morena.

No obstante, la presidenta Laura Rojas decidió insertar la modificación al dictamen.

Tras esto, la oposición abogó por que, si se aceptaba la modificación, se enviase la iniciativa al senado sin la posibilidad de extinguir las cuentas de los usuarios y por que, en caso de ser rechazada se siguiera con la ley vigente. El bloque encabezado por Morena sostuvo que, de rechazarse el cambio, se regresara a la redacción original del senado y se la pasara al ejecutivo.

Sin embargo, no se llegó a un acuerdo.

Hoy en día sólo el poder judicial tiene la facultad de congelar cuentas, y a solicitud del ministerio público. Tras ser notificados del congelamiento de sus cuentas, los afectados tienen diez días hábiles para presentar pruebas y defenderse.

Con información de El Universal


Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia comercial, fiscal y laboral), la Agenda Inteligente (las noticias de negocios más relevantes) y a nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

Prodecon pone en la mira al SAT: los trámites de fusión están ahogando a las empresas

Incertidumbre entre contribuyentes por inesperada revocación masiva de e.firmas del SAT

¿Piensas vender tu auto?, no pagues impuestos de más

Servidores públicos vigilarán ofertas y promociones durante el Buen Fin 2024