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Si el SAT devuelve de más, pedirá su dinero como una contribución

El pago indebido conservará la naturaleza jurídica de las contribuciones, si el SAT devuelve de más



Si el SAT devuelve de más, pedirá su dinero como si fuera una contribución
(Imagen: Shutterstock)
3 junio, 2019

Las personas físicas y las morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas. Así lo establece el artículo 1 del Código Fiscal de la Federación (CFF)Y las autoridades fiscales están obligadas a devolver las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las leyes fiscales (CFF 22, primer párrafo).

Pero si las autoridades efectúan una devolución que no procedía, los contribuyentes tendrán que pagar recargos que se causarán sobre las cantidades actualizadas. Esto aplica para las cantidades devueltas indebidamente y para los posibles intereses pagados por las autoridades fiscales (CFF 22, décimo quinto párrafo).

Las cantidades devueltas por concepto de saldo a favor improcedentes constituyen pagos indebidos, los cuales el Estado debe recibir. Esto se debe a que tienen su origen en las obligaciones tributarias de los particulares.

Por eso, los créditos fiscales por devoluciones de saldos a favor improcedentes conservan la naturaleza jurídica de las contribuciones, establecidas en la ley que las originó. Esto lo especificó el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el criterio normativo 27/CFF/N, del Anexo 7 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2019.

Puedes revisar este criterio normativo aquí / Con este criterio de búsqueda: Devoluciones indebidas / Clave: 27/CFF/N / Publicación: 30 de abril de 2019.


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