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Si trabajas el día de la toma de posesión de AMLO te deben de pagar el triple

El 1 de diciembre de cada seis años, cuando el presidente electo tome posesión del poder ejecutivo, se considera día de descanso obligatorio.



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Foto: Wikipedia.org
30 noviembre, 2018


En México los trabajadores deben gozar, por lo menos, de un día de descanso pagado a la semana. Así está estipulado en el artículo 69 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Otros días de descanso a los que tienen derecho los trabajadores son las vacaciones y, por supuesto, los días de descanso obligatorio.

Los días de descanso obligatorio son aquellos concedidos por el gobierno con la finalidad de que los trabajadores puedan participar en diversas celebraciones cívicas o religiosas de nacionales.

Estas fechas están contenidas en el artículo 74 de la LFT, y son las siguientes:

    1. El 1 de enero
    2. El primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero
    3. El tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo
    4. El 1 de mayo
    5. El 16 de septiembre
    6. El tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre 
    7. El 1 de diciembre de cada seis años, cuando el presidente electo tome el poder del ejecutivo 
    8. El 25 de diciembre
    9. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias

La fracción VII del artículo 74 establece que el día que el presidente electo tome posesión del poder ejecutivo, será considerado día de descanso obligatorio, por lo que los trabajadores tendrán derecho a no laborar ese día con goce de sueldo.

Sin embargo, los trabajadores y el patrón podrán acordar cuántas personas deberán laborar ese día. Si las partes no llegan a un acuerdo, la Junta  de Conciliación Permanente o la de Conciliación y Arbitraje podrán resolver la cuestión.

Los trabajadores que laboren el 1 de diciembre (o cualquier otro día de descanso obligatorio), tendrán derecho a tres veces el sueldo que reciben por un día de trabajo ordinario. Así, si el trabajador gana 300 pesos por día, al trabajar en un día de descanso obligatorio recibirá 900.


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