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Recibí una notificación en material laboral, ¿cuándo surtirá efecto?

Si estás en un juicio laboral y recibes una notificación, la fecha en que surtirá efecto depende de qué tipo de notificación se trate. 




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Foto: Shutterstock
22 junio, 2018

Imagina perder tu juicio laboral porque, aunque te llegó la notificación, no entendiste bien cuándo empezaba el juicio, no te presentaste o no fuiste preparado. Conocer esto es muy importante porque determina el inicio de los plazos para acudir a una diligencia o cumplir con algún requerimiento. Todo esto te podría pasar si no sabes bien cuándo surten efecto las notificaciones de los juicios laborales. Para ahorrarte la humillación, ahí te va lo que debes saber.

La notificación

Es un medio de comunicación entre las autoridades del juicio y todas las partes que lo integren. Entonces, es un documento legal en el que se informa sobre cualquier resolución o requisito o avance que se haya hecho en un caso; por eso, ponerles atención puede llegar a ser algo vital para tu empresa.

Tipos de notificaciones

En materia laboral, hay dos tipos principales: las personales y por estrados.

Las personales son las que, como su contenido es muy importante, deben hacerse del conocimiento de las partes de forma personal. Las notificaciones que califican para ser personales son:

  • El emplazamiento a juicio  
  • El auto de radicación del juicio  
  • La resolución en que la junta se declare incompetente  
  • El auto que recaiga al recibir la sentencia de amparo
  • La resolución que ordene la reanudación del procedimiento  
  • El auto que cite a absolver posiciones
  • La resolución que deban conocer los terceros extraños a juicio  
  • El laudo
  • El auto que conceda término o señale fecha para que el trabajador sea reinstalado
  • El auto por el que se ordena la reposición de actuaciones
  • En casos urgentes o cuando concurran circunstancias especiales a juicio de la junta

Las notificaciones por estrados son las que se hacen en las salas de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, en forma de boletines. El tipo de información que se presenta en estas notificaciones no es tan importante como en las otras.

Cuándo surten efecto

Según el artículo 747 de la Ley Federal del Trabajo, si son notificaciones personales, será a partir del día y hora en que se practiquen; si son de otro tipo, al día siguiente al de su publicación en el boletín o en las salas de las Juntas de Conciliación y Arbitraje.

Además de esto, se publicó una tesis aislada del Segundo Tribunal Colegiado en materia de trabajo del Décimo Sexto Circuito en la que se dice que cuando una de las partes señala los estrados (salas) de la junta para oír y recibir notificaciones, aunque sean personales, surtirán efectos a partir del día siguiente.

Esto se debe a que, aunque formalmente se trata de una notificación personal, materialmente es por estrados, y sus consecuencias y procedimientos son diferentes.


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