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¿Qué es el impuesto al valor agregado (IVA) en México?

El IVA es un impuesto al consumo. Te explicamos todo lo que tienes que saber de él.




Foto: Shutterstock
6 octubre, 2017

El IVA es un impuesto indirecto, lo que quiere decir que en lugar de aplicarse directamente sobre los ingresos de los contribuyentes (como sucede con el ISR), se aplica sobre el consumo o goce de bienes o servicios. Más concretamente, según el artículo 1 de la Ley del IVA, este gravamen se aplica sobre la enajenación de bienes, la prestación de servicios independientes, el otorgamiento de uso temporal de bienes, y la importación de bienes y servicios.

Cuando los asalariados cobran su cheque cada quincena, lo que reciben corresponde únicamente a una fracción de lo que “en realidad” ganan. Esto porque el patrón realiza la retención de un porcentaje de los ingresos del trabajador para darlos al fisco por concepto de ISR. Es decir, el gravamen se realizó directamente sobre la fuente de riqueza, en este caso el salario del trabajador.

Ilustremos el IVA con un ejemplo. Al comprar un refresco en una tienda de conveniencia, notarás que en el ticket de compra viene desglosado el precio de la mercancía y aparte el monto al que corresponde el IVA. Si el precio del refresco sin el impuesto es de diez pesos, y considerando que la tasa de IVA es del 16%, el precio total que tendrás que pagar en caja es de 11.6 pesos.

¿Cuál es la mecánica del IVA?

Volvamos al ejemplo de la tienda de conveniencia. El dueño de la tienda cobró a su cliente un peso con 16 centavos por concepto de IVA. A esto, según la Ley del IVA (publicada en 1978), se le conoce como el traslado del impuesto. El dinero del impuesto, ahora en posesión del tendero, está en calidad de retenido, aunque sólo momentáneamente, pues deberá pagarlo al gobierno.

El dueño de la tienda, como cualquier persona, también consume bienes y servicios. Esto quiere decir que otros negocios, como sus proveedores, le habrán a su vez trasladado IVA al adquirir éstos bienes y servicios. El IVA que él pagó se dice que es acreditable, y puede restarse al IVA su cargo; es decir, el que él trasladó a sus propios clientes.

En caso de que el resultado de la resta sea negativo, que haya pagado más IVA del que cobró a sus clientes, el fisco deberá hacerle una devolución. Si, por el conrtario, el IVA trasladado a sus clientes es mayor, deberá pagar al fisco la diferencia.


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