El Contribuyente
Síguenos
empty

Aprende a calcular la prima del seguro de riesgos de trabajo del IMSS

Para calcular la prima, tienes que considerar todos los incidentes de riesgo de ocurridos en el lugar de trabajo.

 




17 febrero, 2017

De acuerdo al artículo 74 de la Ley del Seguro Social (LSS), las empresas deben calcular anualmente la prima con que cubrirán el seguro de riesgos de sus trabajadores. Para hacer esta operación en tu empresa, debes calcular la siniestralidad; es decir, los riesgos de trabajo ocurridos y terminados en tu empresa durante el ejercicio inmediatamente anterior. Lo anterior quiere decir que no se cuentan los accidentes ocurridos a los trabajadores en el traslado de su domicilio a su lugar de trabajo. 

La siniestralidad se obtiene considerando todos los sucesos ocurridos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año en cuestión (Art. 32, fracción I, RACERF). La siniestralidad de la empresa se debe multiplicar por un factor de prima de 2.3, a lo que debe sumarse la prima mínima de riesgo, que es de 0.005 (Artículo 72, primer párrafo, LSS). Los patrones cuyo centro de trabajo cuente con un sistema de administración y seguridad acreditado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, aplicarán un factor de prima de 2.2 (Artículo 72, penúltimo párrafo, LSS).

Con base en lo anterior se ajustará prima de seguros. Si la prima obtenida difiere de la del año anterior, tendrás que ajustarla con base en la nueva. Sin embargo, no puede ser modificada por más de un 1%. Además, la prima necesariamente tendrá que ubicarse dentro de los rangos mínimo y máximo, de 0.5% y 15%, respectivamente.

Para calcular la prima debes usar la fórmula Prima = [ ( S/365 ) + 28* (I +D)] * ( F / N) + M, donde S es el número de días subsidiados por incapacidad temporal, I es la suma de porcentajes de las incapacidades permanentes, parciales y totales, divididos entre 100; F es el factor de prima (2.3 o 2.2), N el número de trabajadores sujetos a riesgo y M la prima mínima de riesgo.

NEWSLETTER

nuestro boletín semanal gratuito

La prima que obtengas será vigente del 1 de marzo del siguiente año (2018) al 28 de marzo del posterior (2019).

 




Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

¿Qué hago si un funcionario del SAT incurre en una mala práctica?

Por alza en impuestos, casinos de Nuevo León recaudan menos

Esquemas reportables serían como revelar secretos de confesión de los sacerdotes AmCham México

¿En qué casos el SAT puede romper el secreto fiscal?

Salinas-Pliego-empresarios

Salinas Pliego critica al SAT pedir que paguen impuestos y no tener citas