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Nuevo estímulo fiscal para cine: qué es, quién accede y cuánto dinero hay

Nuevo estímulo fiscal para producción cinematográfica y audiovisual en México. Crédito fiscal transferible, requisitos, montos disponibles.



17 febrero, 2026

El 16 de febrero de 2026, el Gobierno federal publicó un decreto que cambia las reglas del financiamiento audiovisual en México. No es un subsidio directo. Es algo diferente: un crédito fiscal transferible que permite a productoras obtener dinero y transferirlo a otros contribuyentes.

Es instrumento nuevo. Es complejo. Pero puede significar millones de pesos en financiamiento para proyectos cinematográficos y audiovisuales.

El decreto está vigente hasta el 30 de septiembre de 2030. Eso significa que hay cuatro años y medio para aprovecharla. Pero necesitas entender cómo funciona exactamente.

¿Qué es exactamente este nuevo estímulo?

Es un crédito fiscal contra el Impuesto Sobre la Renta que el Estado otorga a productoras de cine y audiovisual. Pero con una diferencia importante respecto a esquemas anteriores: el crédito se puede transferir a otras empresas.

Idea general:

  • Produces una película o serie en México
  • Cumples requisitos específicos
  • El SAT (a través de un Comité Técnico) autoriza un crédito fiscal
  • Puedes usar ese crédito contra tu impuesto
  • O venderlo a otra empresa que lo use contra el suyo

Por eso se llama “transferible”. No es dinero directo. Es derecho de reducir impuestos.

¿Cuál es el propósito del decreto?

Oficial: atraer inversión, generar empleo especializado y fortalecer la cadena de proveedores locales. Práctico: competir contra otros países que ofrecen incentivos similares para que productoras internacionales vengan a filmar a México.

Canadá, Colombia, Uruguay y Brasil ya tienen esquemas así. México, ahora también.

¿Quién puede acceder al estímulo?

Pueden solicitar:

  • Personas físicas residentes en México que tributen bajo los regímenes establecidos en la Ley del ISR
  • Personas morales (empresas) residentes en México que tributen bajo los regímenes aplicables
  • Residentes en el extranjero con establecimiento permanente en México (si producen aquí)
  • Residentes en el extranjero sin establecimiento permanente (pero solo si contratan a una productora mexicana para realizar el proyecto)

Es amplio. Incluye productoras nacionales y extranjeras.

¿Cuáles son los requisitos obligatorios?

No es tan simple como solicitar. Hay ocho requisitos acumulativos:

  • 1. Estar inscrito en el RFC y tener buzón tributario activo
  • 2. Tener opinión positiva de cumplimiento fiscal (el SAT debe confirmar que eres cumplido)
  • 3. Presentar el proyecto al Comité Técnico para que lo evalúe
  • 4. Realizar inversión mínima en México (varía según tipo de proyecto)
  • 5. Contratar al menos 70% de proveedores nacionales (esto es clave)
  • 6. Obtener constancia de presentación del trámite del Comité Técnico
  • 7. Obtener constancia de cumplimiento del proyecto (después de terminarlo)
  • 8. Cumplir con los lineamientos que emita el Comité Técnico (aún no publicados)

Todos son obligatorios. Si falta uno, no accedes al estímulo.

¿Cuál es la inversión mínima requerida?

Depende del tipo de proyecto:

  • Largometraje narrativo o de animación: $40 millones mínimo en México
  • Largometraje documental o serie documental: $20 millones mínimo en México
  • Procesos de animación, efectos visuales o postproducción: $5 millones por proceso

Son montos mínimos para acceder. Si tu presupuesto en México es menor, no calificas para el estímulo. Proyectos pequeños deben recurrir a otros mecanismos (como EFICINE, el esquema anterior).

¿Cuánto dinero puedes obtener?

El crédito fiscal es de hasta el 30% del costo total del proyecto, con un tope de $40 millones por proyecto.

Ejemplos:

  • Proyecto A: Costo en México $50 millones → 30% = $15 millones en crédito fiscal
  • Proyecto B: Costo en México $200 millones → 30% = $60 millones, pero tope es $40 millones → Crédito fiscal: $40 millones
  • Proyecto C: Costo en México $25 millones → 30% = $7.5 millones en crédito fiscal

El crédito no es dinero directo. Es reducción de impuestos. Pero puedes venderlo.

¿Cuánto dinero hay disponible anualmente?

El Comité Técnico puede autorizar hasta $400 millones anuales en créditos fiscales. Eso desde ahora hasta el 30 de septiembre de 2030.

¿Qué significa? Que si muchos proyectos solicitan al mismo tiempo, el Comité podría quedarse sin presupuesto. Es competencia. El que presente primero y cumpla mejor requisitos, accede.

¿Cómo funciona la transferencia del crédito?

Esta es la parte innovadora. El crédito fiscal no tiene que quedarte a ti necesariamente. Puedes venderlo.

Opción 1: Transferir a proveedores (70-100% del crédito)

Puedes transferir el crédito a empresas que te proveyeron servicios o bienes para la producción. Ejemplo: empresa de sonido, de iluminación, de equipos, de locaciones.

Esos proveedores usan el crédito contra su impuesto. Tú recibes dinero en efectivo por la transferencia.

Opción 2: Transferir a terceros (hasta 70% del crédito)

Después de transferir a proveedores, puedes vender hasta el 70% del crédito a cualquier otra empresa que pague ISR. Esa empresa te paga dinero y usa el crédito contra su impuesto.

Límite importante: no puedes vender el crédito a más del 85% de su valor nominal. Si tienes $40 millones en crédito, máximo vendes por $34 millones.

Opción 3: Usar el crédito directamente (tú mismo lo aplicas)

Si no vendes todo el crédito, puedes aplicar el remanente contra tu propio ISR en los años que venza.

El efecto práctico: Una productora con $40 millones en crédito fiscal podría obtener entre $30-35 millones en efectivo vendiendo el crédito, más el beneficio fiscal de usar la parte que retiene.

¿Quién es el Comité Técnico y cuáles son sus funciones?

Es organismo que aprueba o rechaza los proyectos. Se integra por:

  • Secretaría de Hacienda y Crédito Público (preside y tiene voto de calidad)
  • Instituto Mexicano de Cinematografía (IMCINE) (tiene voto)
  • Secretaría de Cultura (tiene voz pero no voto)

El Comité debe sesionar al menos cuatro veces al año. Emitirá lineamientos en los próximos 30 días hábiles que definirán cómo evalúa proyectos, qué criterios técnicos aplica y cómo distribuye los $400 millones anuales.

Esos lineamientos aún no se publican. Son críticos para entender cómo funcionará realmente el programa.

¿Cuál es la diferencia con EFICINE (el esquema anterior)?

EFICINE es el estímulo fiscal que existía en México bajo el Artículo 189 de la Ley del ISR. Este nuevo esquema del decreto no lo reemplaza, pero no son acumulables. Debes elegir uno u otro.

Diferencias principales:

  • EFICINE: Funciona con aportaciones de contribuyentes que reciben crédito fiscal hasta el 10% de su ISR
  • Nuevo esquema: Funciona con crédito fiscal por gasto de la productora en territorio nacional (hasta 30%)
  • EFICINE: No es transferible; cada aportante usa el crédito contra su ISR
  • Nuevo esquema: Es transferible; la productora puede vender el crédito
  • EFICINE: Menos dinero por proyecto (históricamente $20 millones)
  • Nuevo esquema: Hasta $40 millones por proyecto

Resumido: EFICINE es para financiamiento de proyectos nacionales con apoyo de inversores locales. El nuevo esquema es para atraer producciones grandes (nacionales o internacionales) que gasten mucho en México.

¿Quiénes NO pueden acceder?

Hay supuestos de exclusión. No puedes acceder si:

  • Estás en el listado de contribuyentes con riesgo fiscales (Artículo 69 del CFF)
  • Tienes créditos fiscales firmes sin pagar
  • Ya estás aplicando EFICINE (no acumulable)
  • Tu empresa está en liquidación
  • Tu certificado de sello digital fue cancelado
  • Tienes otros problemas fiscales serios

El SAT revisa todo. No basta tener buen proyecto. Debes estar fiscalmente limpio.

¿Cuándo entra en vigor?

El decreto entra en vigor el 17 de febrero de 2026 (ayer desde la perspectiva de publicación en Diario Oficial).

Vigencia: hasta el 30 de septiembre de 2030.

Tiempo para el Comité de emitir lineamientos: máximo 30 días hábiles desde la publicación.

Esto significa que los lineamientos deberían estar listos en marzo de 2026. Después, los proyectos podrán empezar a solicitarse.

¿Qué implica esto para la industria?

Es cambio importante. México intenta competir con otros países por producciones internacionales de gran escala. Canadá y Colombia tienen esquemas similares hace años. Este decreto es respuesta.

Para productoras nacionales grandes: nuevo acceso a financiamiento. Para productoras independientes pequeñas: probablemente no aplique (no alcanzan montos mínimos).

Para proveedores locales: oportunidad. El decreto exige 70% de proveeduría nacional, lo que potencialmente genera trabajo para empresas mexicanas de animación, postproducción, efectos visuales, locaciones, equipamiento.

Para otros contribuyentes: oportunidad de comprar créditos fiscales a descuento y reducir su carga tributaria.

¿Cuál es el próximo paso?

Esperar los lineamientos del Comité Técnico. Sin ellos, no se puede solicitar nada formalmente. Los lineamientos definirán:

  • Cómo presentar solicitudes
  • Qué documentación se requiere
  • Criterios técnicos para evaluación
  • Plazos y procedimientos
  • Cómo se distribuyen los $400 millones anuales

Una vez publicados, productoras pueden comenzar a estructurar proyectos. El proceso completo (solicitud, aprobación, producción, documentación de cumplimiento) probablemente tome meses.

Para productoras internacionales: este es momento de revisar México como locación, porque el nuevo incentivo fiscal hace la inversión más atractiva.

Para productoras nacionales: revisar si sus proyectos califican (cumplen montos mínimos, requisitos de proveeduría nacional, etc.). Si no, EFICINE sigue disponible como alternativa.

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