La Cámara de Diputados aprobó nuevos requisitos para retirar recursos por desempleo de tu Afore. Descubre los cambios y sus implicaciones contables y fiscales El 23 de junio de 2025, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad una reforma al Artículo 191 de la Ley del Seguro Social (LSS). El objetivo: dotar de certeza jurídica a los retiros parciales por desempleo y cerrar la puerta a prácticas que erosionaban el ahorro para el retiro.

Qué cambia y desde cuándo

  • Plazo mínimo sin empleo: ahora podrás solicitar el retiro a partir del día 46 natural desde tu baja laboral.
  • Antigüedad de la cuenta: la Afore debe tener al menos 3 años de apertura.
  • Cotización mínima: se exigen 12 bimestres cotizados al IMSS en la cuenta individual.

Límites al monto disponible

Concepto Cálculo
Opción 1 30 días del salario base promedio de tus últimas 150 semanas (o las que tengas)
Opción 2 11.5 % del saldo en la subcuenta de retiro, cesantía y vejez
Se entregará La menor cantidad entre ambas opciones

El diseño busca dar un respiro económico sin comprometer de forma severa tu pensión futura.

Implicaciones contables y fiscales

  1. Trazabilidad de la baja: nómina y RH deben documentar la fecha exacta de terminación laboral, punto de partida para los 46 días.
  2. Control en los estados de cuenta: contadores deberán vigilar los retiros para reflejar correctamente obligaciones laborales y pasivos corporativos.
  3. Comunicación al trabajador: las empresas deben informar que el retiro reduce el saldo pensionario y puede impactar la pensión final.

Por qué importa esta reforma

  • Seguridad jurídica: reglas uniformes evitan interpretaciones discrecionales entre Afores.
  • Protección del ahorro: se equilibra la necesidad inmediata de efectivo con la misión de un retiro digno.
  • Buen gobierno corporativo: refuerza la responsabilidad de las áreas contables en la gestión de pasivos laborales.