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¿Qué opciones tengo si el SAT rechaza mi devolución de saldo a favor?

Junto con las devoluciones de impuestos, también se están emitiendo los rechazos de saldos que, según los criterios de la autoridad, no son procedentes



Es ilegal que se niegue la devolución de IVA porque debe demostrarse el origen de los recursos
(Imagen: El Contribuyente)
28 mayo, 2024

La devolución de saldo a favor es un proceso mediante el cual los contribuyentes pueden recuperar los impuestos pagados en exceso al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Las devoluciones de saldos a favor del Impuesto sobre la Renta (ISR) que las personas físicas generaron en su declaración anual, comenzaron a depositarse en las cuentas bancarias de los contribuyentes desde el mes de abril.

Junto con las devoluciones, también se están emitiendo los rechazos de saldos que, según los criterios de la autoridad, no son procedentes.

Dependiendo de la razón por la cual la autoridad rechazó el saldo a favor, será el procedimiento a adoptar para recuperarlo, y la consultora Fiscalía expone los siguientes ejemplos:

Rechazo por diferencias en los cálculos

Existen algunos casos en que lo reportado por los retenedores o por los contribuyentes con quienes se realizaron las operaciones que generaron los ingresos o las deducciones, no coincide con lo que se reporta en la declaración anual.

En estos casos, el contribuyente debe verificar si efectivamente se trata de un error u omisión en la declaración, o si el error es atribuible al tercero que retuvo y reportó la información de manera errónea.

Si el contribuyente comprueba que tiene un error en su declaración anual, bastará con realizar las correcciones necesarias y presentar la declaración complementaria y, en caso de determinar un nuevo saldo a favor, éste entrará al esquema de devoluciones automáticas, por lo que una vez presentada la declaración complementaria, no quedará más que esperar a recibir el nuevo saldo a favor.

Si el error es atribuible al tercero por haber reportado equivocadamente la información o haber omitido alguna información, se deberá presentar la solicitud de devolución por internet, a través de la página del SAT en la sección “Devoluciones y compensaciones” > “Solicitud de devolución”. Para esto será necesario adjuntar la documentación comprobatoria que sirva para demostrar que el saldo determinado por el contribuyente se calculó con base en esa documentación.

Solicitud de documentación comprobatoria

Puede darse el caso en que la devolución no es rechazada, pero la autoridad detiene la devolución en virtud de solicitar al contribuyente que presente cierta documentación comprobatoria para corroborar la procedencia del saldo.

En este caso, se deberá presentar la solicitud de devolución por internet, a través de la página del SAT, adjuntando la documentación comprobatoria que sirva para demostrar que el saldo determinado por el contribuyente se calculó con base en esa documentación.

Una vez presentado el trámite de devolución con la documentación comprobatoria, se obtendrá un acuse de recibo con un número de control. Este número de control se utilizará para dar seguimiento a la evolución del trámite.

Requisitos

En todos los casos que se tramite la devolución por internet, se deberá cumplir con los requisitos establecidos en la Ficha de Trámite 9/CFF Solicitud de devolución de saldos a favor del ISR.

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