El Contribuyente
Síguenos
empty

¿Quienes deben usar la e.firma para presentar la declaración anual?

La devolución automática no procederá cuando la declaración se presente posterior al 31 de julio de 2024



La e.firma de las personas morales debe ser válida en los juicios de amparo
(Imagen: El Contribuyente)
15 abril, 2024

La declaración anual es un trámite que deben realizar los contribuyentes para informar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre sus ingresos, deducciones y pagos de impuestos durante un año fiscal.

De acuerdo con Fiscalia, para la declaración anual de personas físicas de 2023 a presentar en 2024, la autoridad establece el siguiente tratamiento a través de la Regla 2.3.2., de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF).

Para efectos del programa de devolución automática del Impuesto sobre la Renta (ISR) de las personas físicas, el monto del saldo a favor a partir del cual la declaración debe ser presentada utilizando la firma electrónica (e.firma) es de 10,000 pesos, conforme a lo siguiente:

  • Si el importe es igual o menor a 10,000 pesos, se podrá presentar utilizando la Contraseña.
  • Si el importe es mayor a 10,000 y menor a 150,000 pesos, podrá utilizar la Contraseña, siempre que se seleccione una Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) para transferencias electrónicas, a 18 dígitos, que esté a nombre del titular, de las precargadas en la plataforma de la declaración anual. Si no se selecciona ninguna de esas CLABE precargadas, se deberá utilizar firma electrónica.
  • En el resto de los casos, debe presentarse utilizando e.firma.

En este contexto, Fiscalia explicó que se establece que no procede la facilidad de la devolución automática para quienes presenten la declaración con Contraseña estando obligados a utilizar firma electrónica.

La devolución automática tampoco procederá cuando la declaración se presente posterior al 31 de julio de 2024.

Te puede interesar

Guía esencial para la devolución automática de ISR

Conoce las deducciones personales aplicables para personas físicas en 2024

 

 





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

Impacto del Día de la Independencia en materia laboral y fiscal

¡Ojo! ¿Ofreces hospedaje en plataformas? Así debes declarar ante el SAT

Lanza Infonavit nuevo programa para “aliviar” los créditos

Ratifica Sheinbaum a Antonio Martínez Dagnino al frente del SAT