El Contribuyente
Síguenos
empty

Fecha límite para que las personas físicas del RESICO obtengan su e.firma

Las personas físicas que opten por tributar en el RESICO, deberán contar con su e.firma activa.



(Imagen: El Contribuyente)
2 febrero, 2022

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recientemente publicó la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022.

El documento establece que los contribuyentes que opten por tributar en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), deberán contar con e.firma activa a más tardar el 30 de junio de 2022.

Lo anterior lo estableció la autoridad fiscal en el Artículo Transitorio Trigésimo Octavo de la RMF para 2022.

El artículo indica que la e.firma se obtendrá cumpliendo con los requisitos y condiciones establecidos en las fichas de trámite 105/CFF “Solicitud de generación del Certificado de e.firma para personas físicas” y 106/CFF “Solicitud de renovación del Certificado de e.firma para personas físicas”, contenidas en el Anexo 1-A.

Los contribuyentes que no cumplan con lo mencionado, no podrán tributar en el RESICO. En este caso, la autoridad fiscal podrá asignar al contribuyente el régimen fiscal que le corresponda.

Puedes ver la RMF para 2022 aquí / Fecha de publicación: 27 de diciembre de 2021.


Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

INFONAVIT fija fecha límite para aplicar nuevos descuentos a salarios en 2025

El SAT negó indebidamente una cancelación en el RFC por fusión de sociedades

SAT elimina facilidad para socios sin RFC: ya no se puede firmar sin clave fiscal

¿Te rechazaron la devolución? Así puedes solicitarla manualmente ante el SAT

El SAT extiende franquicia a 500 dólares por Programa Paisano

¿Cómo enfrentar los nuevos aranceles de EE.UU. hacia México?