Una determinación presuntiva es ilegal si el SAT no la funda y motiva debidamente
Para cumplir con el requisito de fundamentación y motivación, la autoridad fiscalizadora debe citar los artículos relativos a la determinación presuntiva de que se trate.
Las autoridades fiscales pueden hacer distintos tipos de presunciones. Esto para cuantificar y determinar contribuciones omitidas o créditos fiscales a cargo de los contribuyentes. Entre dichas presunciones se encuentran las siguientes [Código Fiscal de la Federación (CFF) 55 al 62]:
- La de utilidad fiscal
- La de contribuciones retenibles
- La de ingresos
- La de valor de actos
- La de actividades por las que se deben pagar contribuciones
- La presunción ante la omisión de registro de adquisiciones en contabilidad
En ese contexto, un tribunal reiteró que para que sea legal la liquidación que se sustente en una determinación presuntiva, la autoridad fiscal debe sustentarla. Esto especificando: 1) el tipo de presunción aplicada, 2) la causal en que se ubicó el contribuyente para que la misma fuera procedente y 3) la mecánica conforme a la cual se realizó la determinación.
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Para cumplir con el requisito de fundamentación y motivación, la autoridad fiscalizadora debe citar los artículos relativos a la determinación presuntiva de que se trate.
El órgano jurisdiccional consideró que la omisión de tales requisitos constituye un vicio que impide que el particular conozca si efectivamente se actualizan todos los requisitos para la procedencia de la presunción aplicada.
Esto lo reiteró la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) al resolver un juicio contencioso administrativo. Mediante la emisión de la tesis número VIII-P-1aS-642. Y la tesis forma parte de los precedentes de la Sala Superior.
Puedes revisar la tesis aquí / Páginas: 179 a la 181 / Criterio de búsqueda: Determinación presuntiva / Clave: VIII-P-1aS-642 / Publicación: octubre de 2019.
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