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Sí habrá audiencia antes de que el SAT cancele los sellos digitales

La Miscelánea fiscal 2020 propuesta por el Ejecutivo fue modificada para otorgar derecho de audiencia antes de que el SAT cancele los sellos digitales.



Otorgan audiencia antes de que el SAT cancele los sellos digitales
(Imagen: Shutterstock)
18 octubre, 2019

El viernes 18 de octubre, la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen de la Miscelánea Fiscal 2020. Ahora el Senado de la República será el encargado de analizar, discutir y aprobar la propuesta.

Un cambio fiscal propuesto por el Ejecutivo fue el aumento de los supuestos de cancelación para los certificados de sellos digitales (CSD). Se trata de una propuesta de reforma fiscal para modificar el artículo 17-H del Código Fiscal de la Federación (CFF). Actualmente dicho artículo establece los supuestos, pero se quieren sumar más.

IP solicitó audiencia antes de que el SAT cancele los sellos

Sin embargo, la cancelación de sellos digitales está teniendo un impacto negativo en las empresas, porque la medida les impide generar facturas electrónicas. Por eso, el sector empresarial y la contaduría pública organizada pidieron derecho de audiencia antes de la cancelación.

Se podrá presentar una solicitud de aclaración

La propuesta del ejecutivo sí fue modificada en lo relacionado a la cancelación de los sellos digitales por la Comisión de Hacienda y Crédito Público. Se incorporó un plazo de gracia para desvirtuar o corregir irregularidades detectadas por las autoridades.

Se trata de la propuesta para adicionar el artículo 17-H Bis al CFF. Esto para que el contribuyente pueda presentar una solicitud de aclaración por medio del buzón tributario. Es decir, si se cancela el sello digital, el contribuyente sube una solicitud de aclaración a través del buzón tributario, y la autoridad, al día siguiente, deberá liberar la suspensión del sello digital.

Características del proceso establecido en el artículo 17-H Bis del CFF

  • Incorporación de un plazo de gracia para desvirtuar o corregir las irregularidades detectadas por las autoridades
  • Requisito, presentar la solicitud de aclaración por medio del buzón tributario
  • La autoridad deberá restablecer el uso del certificado a más tardar al día siguiente
  • La cancelación del certificado procederá una vez que terminen los plazos para desahogo de pruebas y no se hayan subsanado o
    corregido las irregularidades

Actualmente se cancela el sello y después se investiga

De acuerdo con Ubaldo Díaz Ibarra, presidente del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), actualmente se cancela el sello y después se investiga

Pero al participar en la conferencia de octubre del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), el especialista dijo que ahora va a haber una investigación previa que permitirá la defensa del contribuyente ante un posible error u omisión, que podrá ser subsanado. Esto le permitirá al contribuyente continuar con sus actividades. 

El gremio contable busca disminuir los supuestos de cancelación

Díaz Ibarra también comentó que la contaduría pública organizada está haciendo esfuerzos, a través de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), para disminuir los supuestos de cancelación de sellos digitales. No han logrado su cometido, pero lo que se consiguió a favor de los contribuyentes es que haya un proceso de audiencia.

Puedes revisar el Dictamen con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto Sobre la Renta (ISR), del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS), que integran la Miscelánea Fiscal, así como del Código Fiscal de la Federación que se discutió y aprobó en la Cámara de Diputados aquí y las reservas al dictamen aquí / Fecha de publicación: 18 de octubre de 2019.


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