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¿Tengo que inscribir mi condominio en el RFC?

Aunque no lo creas, puede que tus vecinos y tú tengan que ponerse de acuerdo para registrar su condominio en el RFC.



Foto: Shutterstock
11 septiembre, 2018


En un condominio, más de una persona tiene propiedad sobre un bien, por lo general un bien inmueble. Cada dueño tiene pleno dominio sobre éste, con derechos de copropiedad sobre las áreas comunes, según lo establece el artículo 2 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal (no hay ninguna ley federal al respecto). Aunque también hay áreas que se denominan privativas: las partes del inmueble que tienen un solo propietario (ya sea un departamento, vivienda o local y elementos anexos que pueden ser un lugar de estacionamiento, jaula de tendido o cuartos de servicio).

Se puede crear un condominio para fraccionar un inmueble con fines habitacionales, comerciales o industriales.

Para esto se crea una escritura pública ante un notario público. En ella se anexa un reglamento, que establece los lineamientos de convivencia del régimen (forma del cobro y cálculo de las cuotas, uso de áreas comunes, etcétera).

En el proceso se crean varios órganos que componen la organización del condominio, como una asamblea (que es el grupo de dueños que tienen poder en la toma de decisiones sobre asuntos del condominio), la administración y la vigilancia.

La administración es la que usualmente lleva a cabo el cobro de cuotas y administra los fondos para el mantenimiento. Para esto se debe crear una persona moral, o bien elegir a un administrador profesional.

Por tanto, se pide que el administrador inscriba su RFC ante Hacienda e incluso que se dé de alta ante IMSS como patrón para el pago de cuotas patronales, en caso de que se requiera de personal para vigilancia, limpieza u otras tareas.

Es aquí donde el SAT entra en el juego. Para efectos del ISR y el IVA, las cuotas que se destinen para el mantenimiento del condominio no son gravables. Lo que sí genera impuesto, es la porción del dinero cuya finalidad sea pagar un sueldo al administrador.

En mayo de 2018 la Prodecon detectó problemas entre el SAT y los condominios habitacionales, porque en algunos condominios estaban inscritos los RFC de varias personas, lo que creó controversias, pues no se sabía a cuál de todos regularizar. Además, el SAT inscribió varios condominios al RFC sin que tuvieran carácter de persona moral.

Estos problemas se deben a que hasta la fecha no existe una norma que regule el proceso a través del cual los condominios cumplen con sus obligaciones fiscales. Habrá que esperar.


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