Los chicles no pagarán IEPS
Chicle y pega… y sí pegó.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la ley del Impuesto Especial sobre la Producción y Servicios (IEPS), no afecta a las gomas de mascar, o chicles. Por lo que libera de pagar ese impuesto a los importadores y vendedores de ese producto.
Hay que recordar que desde la miscelánea fiscal de 2014, al chicle se le grava con el Impuesto al Valor Agregado (IVA), ya que no puede ser considerado como alimento. En 2013 se tenía registrado que un mexicano consumía en promedio 750 piezas al año. Es decir, la ingesta per cápita de chicles rondaba los 1.5 kilogramos anuales. Pero al no ser un alimento, se argumentaba que también debía pagar el IEPS.
Ahora, la Segunda Sala menciona que los chicles no son comparables con respecto a las bebidas saborizadas y demás productos que detentan este gravamen especial, ya que no existe similitud entre ellos y no se encuentran en iguales condiciones para efectos tributarios, porque son diversas sus propiedades de composición, forma o estado.
Además, el chicle o goma de mascar no es considerado un factor de la obesidad ni dañino a la salud como lo son las bebidas saborizadas, y su cantidad de consumo es mínima.
Por último, el chicle sólo mantendrá el Impuesto al Valor Agregado (IVA) para mantener las condiciones competitivas del mercado.
[Ir al artículo original en la página de la SCJN]
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