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Los derechos de los no asalariados en la Constitución de la CDMX

El documento garantiza el uso de espacios públicos a los ambulantes. 




29 septiembre, 2016

El proyecto de Constitución de la Ciudad de México reconoce los derechos de las personas trabajadoras no asalariadas, autónomas o por cuenta propia que presenten un servicio o vendan un producto de manera ocasional, lo que podría acarrear complicaciones en una capital donde el ambulantaje es preponderante.

Analistas del sector, además han alertado que esto podría fomentar la informalidad y que la medida generaría un nivel de protección superior a actividades de trabajo informales sobre las empresas y empleados formales.

El documento, que deberá ser promulgado en enero de 2017 por la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, estipula que personas como los ambulantes “pueden desempeñar sus actividades y oficios en los espacios públicos de la ciudad, determinados por la ley”, pero no establece ningún impuesto, cobro o proceso de formalización.

Además, en su artículo 15 se establece que se les debe garantizar la certeza jurídica, la seguridad física y la no represión.

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Ante ello, especialistas han alertado sobre la necesidad de revisar a profundidad el artículo, para evitar que ello generen conflictos en los tribunales correspondientes.  





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