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¿Cómo ejercerán las nuevas alcaldías de la CDMX su presupuesto?

El proyecto de Constitución propone ejecutarlo con autonomía.




22 septiembre, 2016

Las alcaldías de la Ciudad de México ejercerán con autonomía sus presupuestos que apruebe el congreso local, indica el proyecto de Constitución Política de la capital del país que fue entregado por el jefe de gobierno Miguel Ángel Mancera a la Asamblea Constituyente para discutirlo, modificarlo y, finalmente, promulgar la carta magna.

 

Con la nueva reforma política de la Ciudad de México, las demarcaciones territoriales del antiguo Distrito Federal “dejarán de ser delegaciones con gobierno unipersonal, para convertirse en alcaldías con organización colegiada de gobierno (concejales), y su integración, organización administrativa y facultades determinadas por la Constitución Política” de la capital mexicana, cita la Comisión del DF/CDMX en su página sobre la Constituyente.

 

Para ejercer de manera autónoma, sus presupuestos, las alcaldías deberán observar las disposiciones legales y reglamentarias, así como los acuerdos administrativos de carácter general de la administración pública de la ciudad, de conformidad con las siguientes bases:

 

I. Enviar al Ejecutivo el proyecto de Presupuesto de Egresos, conforme a las previsiones de ingresos de la hacienda local, aprobado por su respectivo Concejo, para su integración al proyecto de Presupuesto de la ciudad;

 

II. Es responsabilidad de las Alcaldías efectuar los pagos con cargo a sus presupuestos, conforme a las ministraciones de recursos que reciban, debiendo registrar y contabilizar sus operaciones en el régimen patrimonial de la administración de la hacienda pública del sector central, conforme a la normatividad federal y local aplicable; y

 

III. Elaborar sus calendarios presupuestales en función de la capacidad financiera de la Ciudad de México y comunicarlos al Ejecutivo Local en los términos que establezca la normatividad en la materia.

Además, el proyecto de Constitución establece que las alcaldías, en términos de la normatividad aplicable, “podrán captar, administrar y disponer de aquellos recursos de aplicación automática que generen”.





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