Conoce los apoyos fiscales para Campeche y Tabasco
Las medidas buscan ayudar a las empresas de ambos estados más afectados por el declive en la producción petrolera y la caída de los precios del petróleo
Como parte del Programa de Reactivación Económica y Desarrollo Productivo de los Estados de Campeche y Tabasco, este miércoles se publicó un decreto presidencial con apoyos fiscales y medidas administrativas para estas entidades.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) informó que dichas medidas buscan atender la falta de liquidez que enfrentan las empresas en los municipios de ambos estados más afectados por el declive en la producción petrolera y la fuerte caída de los precios internacionales del crudo.
Estas medidas son: Deducir de forma inmediata y con una tasa del ciento por ciento las inversiones efectuadas en bienes nuevos de activo fijo que se utilicen exclusiva y permanentemente en las zonas afectadas, durante el periodo comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2016.
En un comunicado, apuntó que las personas morales y físicas con actividades empresariales quedan eximidas de efectuar pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente a abril, mayo y junio de 2016.
En el caso de contribuyentes obligados a declaraciones trimestrales o cuatrimestrales del ISR, se exime la obligación correspondiente al segundo trimestre y el segundo cuatrimestre de 2016, según corresponda, añadió.
Indicó que los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) podrán diferir hasta el 17 de septiembre la obligación de presentar las declaraciones correspondientes al segundo y tercer bimestre del ejercicio fiscal de 2016.
La dependencia federal agregó que otra medida es enterar las retenciones del ISR de sus trabajadores correspondientes a abril, mayo y junio de 2016, en dos parcialidades iguales en los meses de julio y agosto de 2016.
Además, enterar en tres parcialidades iguales el pago definitivo de los impuestos al Valor Agregado (IVA) y Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a su cargo correspondiente a abril, mayo y junio de 2016.
Aquellos contribuyentes que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, que realizan pagos provisionales semestrales conforme a la Resolución de Facilidades Administrativas, podrán optar por presentar cada mes las declaraciones del IVA correspondientes al segundo semestre de 2016.
Mencionó que también podrán diferir el pago a plazos de abril, mayo y junio de 2016, reanudando en los mismos términos y condiciones autorizadas el programa de pagos de dichas parcialidades a partir de julio próximo.
Asimismo se permite el diferimiento o el pago a plazos, hasta en 12 meses, a partir de julio de 2016, de las cuotas obrero-patronales correspondientes a abril, mayo y junio de 2016, anotó la Secretaría de Hacienda.
Recordó que el 4 de mayo pasado, el jefe del Ejecutivo anunció el Programa de Reactivación Económica y Desarrollo Productivo de los Estados de Campeche y Tabasco.
Su objetivo, dijo, es proteger la economía de las familias de ambos estados que se han visto afectados por el declive en la producción petrolera y la fuerte caída de los precios internacionales del crudo.
Con dicho programa, agregó, se pondrán en marcha acciones estratégicas para incentivar la actividad económica de esta importante región del país, mediante el apoyo a la economía de las familias y de las empresas.
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