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30 de mayo, fecha límite para pagar Reparto de Utilidades

La Coparmex asegura que las empresas cumplirán con esta prestación a que tiene derecho el trabajador

 




13 mayo, 2016

Las empresas del país afiliadas a la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) cumplirán en tiempo y forma con la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), afirmó el presidente de esa organización, Gustavo de Hoyos Walther.

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En ese sentido, el dirigente explicó en entrevista que los empresarios reconocen que el reparto de utilidades a los trabajadores es una obligación patronal y un derecho de los trabajadores, por lo que la asumen de manera puntual.

“Las empresas de Coparmex van a cumplir con su obligación legal, no tengan duda de ello, eso no está en discusión, aquellas que hayan generado utilidades cumplirán con esta obligación puntualmente”, remarcó.

De Hoyos Walther abundó que la Coparmex hace un llamado a generar las condiciones en el país para que cada vez más empresas generen utilidades y compartan el beneficio con los trabajadores.

Así, refirió, “de eso se trata, que a las empresas les vaya bien y puedan no sólo dar este beneficio, sino que puedan ofrecer mejores condiciones salariales a sus trabajadores y prestaciones complementarias”, apuntó.

Al respecto, subrayó la importancia de que en el corto plazo las prestaciones que reciban los trabajadores puedan ser deducibles al ciento por ciento.

Abundó que en ese aspecto se observa un retroceso, debido a que hace algunos años se limitó la capacidad de las empresas para deducir las prestaciones.

“Si una prestación es legítima hay que incentivarla. De ninguna otra manera se podrá incidir en el bienestar de los trabajadores que si las empresas pueden entregar mejores vacaciones, vales y descuentos. De lo que se trata aquí es que haya más incentivos en este rubro”, concluyó.

El reparto de utilidades es un derecho constitucional que tiene el trabajador a participar de las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva o servicios que ofrece en el mercado, de acuerdo con su declaración fiscal.

Las empresas deben pagar este beneficio sesenta días después de la fecha en que deba pagarse el impuesto anual (31 de marzo), por lo que en caso de personas morales del régimen general a más tardar el 30 de mayo deberá entregarse al trabajador su participación en las utilidades y el 29 de junio para las personas físicas del régimen general de las actividades empresariales.

 

Vía Notimex





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