Aseguradoras y afianzadoras otorgarán créditos a contribuyentes
Las personas físicas o morales interesadas deben dejar en garantía una prenda de títulos, hipoteca, bienes inmuebles o inmovilizados en el país, informó la dependencia.
Las instituciones de seguros y fianzas podrán otorgar créditos a personas físicas o morales con actividad empresarial, destinados para su giro comercial, informó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
La dependencia publicó un acuerdo donde se expiden las disposiciones respecto de la clase de préstamos que estos organismos pueden otorgar.
Explica que los créditos se pueden otorgar siempre que exista como garantía una prenda de títulos, hipoteca, bienes inmuebles o inmovilizados en el país.
El documento publicado en el Diario Oficial de la Federación informa que los créditos a personas físicas estarán destinados a la adquisición, construcción, remodelación o mejoramiento de la vivienda sin propósito de especulación comercial, para uso habitacional y ubicados en el territorio nacional.
Los créditos a empleados o pensionados, con motivo del ejercicio de prestaciones laborales que otorgue la institución de manera general serán con garantía quirografaria —es decir, donde se reembolse el importe prestado más los intereses acordados por ambas partes—, indica el texto.
Estas nuevas disposiciones entrarán en vigor a partir de este martes.
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